Unas escuchas telefónicas no justificadas han tumbado definitivamente el proceso judicial contra varios miembros de los Aranda, el clan familiar de El Palo que en 2007 se vio implicado en una operación antidroga con decenas de detenidos e investigados y la aprehensión de casi 40 kilos de cocaína. Más de trece años después, las 28 personas sobre las que planeaban importantes penas de prisión han sido absueltas por el Tribunal Supremo, que ha confirmado la sentencia que la Audiencia Provincial avanzó en 2018 basándose en la nulidad del auto que autorizó las escuchas que encendieron la mecha de la investigación. Entre los absueltos están el hombre que la policía consideraba líder del grupo y su sobrino, el exfutbolista de élite que actualmente está siendo investigado como uno de los responsables de la supuesta trama de amaños de partidos vinculados a apuestas deportivas.

La resolución del Supremo, sobre la que ya no cabe recurso, considera que el pinchazo del teléfono de un hombre que podía estar vinculado al clan fue la que permitió poner en el punto de mira policial al líder del mismo. Que sólo a través de las escuchas al primero fue posible conocer los datos -incluido el número de teléfono- que «directa o indirectamente» implicaban al segundo en las operaciones de tráfico de drogas y blanqueo de capitales que afloraron después.

El problema, según el alto tribunal, es que ni el oficio policial que solicitó las escuchas ni el auto judicial que el 25 de septiembre de 2006 las aprobó aportaban datos objetivos que sostuvieran una relación de amistad y delincuencial entre los investigados. La sentencia no insiste sólo en que la intervención no estaba justificada por falta de datos que permitieran considerar la existencia de una sospecha fundada, como defendía en su recurso la Fiscalía, sino que va más allá: «No se trata de una deficiente expresión de los indicios disponibles contra una persona, sino de la palmaria inexistencia de los mismos». Por ello concluye que se vulneró el derecho al secreto de las comunicaciones del primer investigado y, por tanto, del segundo, que únicamente a partir de entonces fue sometido a escuchas (autorizadas en un auto de 2 de noviembre de 2006), vigilancias, seguimientos y una reveladora investigación patrimonial que implicó a un gran número de personas en una supuesta trama de blanqueo de capitales, entre ellas su sobrino.

La nulidad de la primera escucha ha aniquilado el material probatorio obtenido a partir de la misma. En definitiva, todo lo que permitió saber a los agentes de la Udyco-Costa del Sol que cinco de los procesados, incluido el líder del grupo, se habían reunido el 22 de febrero de 2007 en un chalé de Mijas Costa para preparar una partida de cocaína que habían adquirido en Senegal. Sobre las 17.30 horas de aquel jueves, tres de ellos se repartieron en dos coches y se dirigieron hacia El Palo. Los investigadores interceptaron los vehículos en la calle Molino Hundido, en Villa Cristina, y en la avenida Juan Sebastián Elcano, a la altura del arroyo Jaboneros. En el primero encontraron varios paquetes de cocaína con diferentes cantidades y grados de pureza (51,1% el que más) que sumaron 39,4 kilos. Los agentes encontraron en los posteriores registros otras cantidades considerables de la misma droga, muchísimas joyas y hasta un subfusil. En el auto de procesamiento, la cocaína intervenida se valoró en el mercado del menudeo en 2.381.005 euros. El Supremo ha ordenado su destrucción.