La vuelta al colegio ya está aquí. Arranca el curso escolar más atípico debido a la crisis sanitaria que fue, que es y que aún no se conoce si será. Ante esta incertidumbre, muchos padres dudan si llevar a sus hijos al colegio, una acción que puede conllevar multas. La ley es clara. En España, la educación no es obligatoria hasta los seis años, pero sí lo es entre los 6 y 16 años de edad, según declara el artículo 154 del Código Civil. Ahora, algunas familias acuden a los pediatras para recibir certificados médicos que eximan a los padres de escolarizar a sus hijos. «Estamos recibiendo más peticiones de este tipo, pero nosotros no podemos certificar la no asistencia» apunta Pedro Navarro, pediatra de atención primaria y vicepresidente del Colegio de Médicos de Málaga. El profesional aclara que los pediatras solo proporcionan «informes clínicos» de las enfermedades previas de los niños, y que «no es potestad del pediatra decidir quién va al colegio».

La Ley Orgánica de Educación solo contempla tres excepciones a la escolarización: enfermedad del alumno, vida itinerante o residencia en el extranjero del menor. Cualquier otro motivo enciende las alarmas. «Hay que normalizar el colegio y la vida corriente de los niños», destaca Paco Carrasco, también pediatra de Málaga, que indica que se incorporó hace tan solo tres días tras la vacaciones y ya ha recibido «bastantes solicitudes» de familias malagueñas. «Lo más común son los casos de niños asmáticos. Si el asma no es grave el niño debe ir al colegio y hacer vida normal, porque si tiene síntomas agudos no debería estar en el colegio. Es normal que algunos padres estén asustados, porque hay niños que viven con los abuelos y tienen miedo de que pueda pasar algo. Es comprensible pero hay que normalizar la vida», sostiene Carrasco. «Todavía vivimos con coronavirus, así que no podemos levantar las medidas de protección. El niño necesita llevar mascarilla y realizar un lavado de manos exhaustivo en el colegio y al llegar a casa», recomienda el vicepresidente del Colegio de Médicos de Málaga. Además, Navarro también señala que lo aconsejable es que los niños tengan un «círculo cercano y controlado» fuera del colegio. Carrasco concluye: «Es la administración la que debe asegurar la vuelta al colegio con las máximas medidas de seguridad. Los protocolos deben de ser completos y deben asegurar su cumplimiento».

¿Qué pasa si no llevo al niño al cole?

Si esto ocurre, el colegio puede activar el protocolo de absentismo escolar e informar a los servicios sociales locales, que iniciarían una investigación. Si no hay manera de conciliar el asunto, entraría en acción la Consejería. De acuerdo con el artículo 226 del Código Penal, «dejar de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar (...) será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses» por un delito de abandono de familia. «No creo que se llegue a estos escenarios, pero sí que hay que advertir a los padres de que no pueden hacer lo que quieran con la educación de sus hijos y tomar las decisiones que les dé la gana sin una justificación solvente», apunta Lola Fernández, de la Asociación de Abogados de Familia a la agencia EFE. Además, afirma que «si los padres ven riesgo y falta de seguridad para sus hijos, el peso de la ley no puede ser igual que cuando no van por capricho o una voluntad no justificada».

En todo caso, , y como apuntan los pediatras, hay que normalizar la escolarización, sin que ello suponga evitar todas las medidas de seguridad, como que los más pequeños lleven mascarilla o se laven las manos con regularidad.