El juzgado número 2 de Málaga ha admitido a trámite esta semana el recurso contencioso administrativo presentado por una familia de El Tarajal, tras ser multada en 2013 por el Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento con cerca de 4.000 euros por la supuesta eliminación de un ficus elástica en la calle Guadalquivirejo, un ejemplar que llevaban unos 40 años podando para evitar que las ramas afectaran al muro de la casa familiar. El muro lindaba con el ficus, que se encontraba en un terreno de la Junta de Andalucía junto al arroyo de Pocopringue.

Tras la multa, la familia dejó de atender el árbol y las ramas terminaron invadiendo el patio de la vivienda.

Como explicó a este diario el portavoz familiar, Ernesto Díaz, la demanda se ha presentado después de que la junta de gobierno local del Ayuntamiento de Málaga no admitiera el pasado mes de julio el recurso extraordinario presentado por los afectados. «No había otra solución», destacó.

En el recurso se argumenta entre otros aspectos que la multa se impuso por la eliminación del ficus, algo que en ningún caso sucedió: «El Ayuntamiento parece confundir el término ‘poda’ con el término ‘tala’. Según se afirma por la Real Academia de la Lengua, tala es ‘cortar por el pie un árbol o masa de árboles’», señala la demanda administrativa.

Según subraya el recurso, «entendemos que el ficus en cuestión nunca fue eliminado». De hecho, continuó con vida y seis años más tarde, en noviembre de 2019, fue trasplantado al vivero municipal de Parques y Jardines, donde no pudo sobrevivir, debido al corte de «muchas raíces principales, por estar incrustadas entre el canal de hormigón armado y cimientos de la parcela adyacente» así como por «las labores de desmoche previas al trasplante», informó la pasada semana por carta la concejala de Medio Ambiente, Gemma del Corral, en una respuesta al concejal socialista Rubén Viruel.

El recurso resalta «los enormes perjuicios ocasionados» tanto a la demandante, Inmaculada Díaz, hermana de Ernesto, como al jardinero que realizó la poda y que llevó aparejado la práctica de embargos.

La demanda incorpora además el informe de un ingeniero agrónomo que señaló que al árbol se le había practicado una ‘poda de renovación o escamonda’ con el propósito de conservarlo. «Consiste en una poda especial, por la que se eliminan todos los componentes de la copa normal y se deja exclusivamente el tronco y su eje de prolongación libre de toda formación y elemento verde», indicaba este informe, que también desaconsejaba el trasplante.

Señala por otro lado el recurso que el importe de la multa se calculó «como si el árbol hubiera desaparecido» y dado que el ficus se encontraba en terreno de la Junta, que no había puesto cortapisas a la poda, «el Ayuntamiento de Málaga se podía haber extralimitado», al tratarse de una zona en Dominio Público Hidráulico.

Versión del Ayuntamiento

La versión municipal, por contra, argumenta que aunque el ficus no fue eliminado físicamente, ante una actuación de estas características la normativa municipal lo considera eliminado, explicaba en 2017 el responsable de Parques y Jardines, Jaime Gutiérrez del Álamo, que incidió en que «se taló el 80 por ciento de la copa», lo que provocó que bajara bastante e invadiera el patio de la casa.

El pasado viernes, la concejala de Medio Ambiente, Gemma del Corral, mostró la disposición municipal a colaborar con el juzgado y a respetar «lo que determine el tribunal».

El juicio, que no tendrá lugar hasta enero de 2023, determinará quién tiene razón en este litigio.