La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón al Ayuntamiento, la Junta y el Consorcio Orquesta Ciudad de Málaga en el caso del despido de una músico, después de que los abogados de esta hayan recurrido la sentencia de primera instancia, que también dió la razón a la Orquesta Filarmónica de la ciudad. Considera la Sala que no ha habido fraude de ley en la contratación, "ajustada a las bases publicadas, aceptadas y no impugnadas", ya que el cese es "una extinción de la relación laboral por finalización del término pactado en el contrato".

La parte que recurre el fallo de primera instancia alegaba que el despido acordado era nulo, puesto que se vulneraron sus derechos fundamentales y, sobe todo, se lesionó la garantía de indemnidad de la trabajadora, dado que el echarla pudo ser una represalia de la orquesta por anteriores asuntos judiciales que la artista planteó. Sin embargo, dice la sentencia, según recoge Europa Press, "el cese se produjo después de las demandas judiciales planteadas contra la empresa demandada con fecha 16 de noviembre de 2018 y 21 de enero de 2019", demandas en las que "se impugnaba la oferta pública de empleo para el puesto de solista de primeros violines y se solicitaba el reconocimiento de la condición de personal laboral fijo".

Pero la Sala indica que, en el presente caso, "la empresa demandada no procede al cese de la demandante como una reacción o represalia por las anteriores demandas judiciales que la misma había presentado, sino que dicho cese estuvo motivado por la finalización del término pactado en el contrato suscrito por las partes", entre otras consideraciones jurídicas.