Política Municipal

Una juez da la razón a Urbanismo en un contencioso con el Colegio de Arquitectos

Los arquitectos presentaron un recurso contra la contratación del servicio para elaborar fichas de revisión del catálogo de edificios protegidos del Pepri Centro al entender que el importe de licitación no daba ni siquiera para cubrir los costes laborales

Imagen del Centro Histórico.

Imagen del Centro Histórico. / L.O.

José Antonio Sau

José Antonio Sau

La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Málaga, Sandra Ortigosa, ha desestimado el recurso interpuesto por el Colegio de Arquitectos de Málaga contra la Gerencia de Urbanismo al publicar esta en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el expediente de contratación por procedimiento abierto y tramitación ordinaria de servicio para aportación de datos y elaboración de fichas de la revisión del catálogo de edificios, elementos y espacios protegidos del Pepri Centro de Málaga.

Los arquitectos presentaron este recurso en abril de 2018, y pidieron la suspensión cautelar del trámite hasta la resolución de las alegaciones. Entendía el Colegio de Arquitectos que "el presupuesto base de licitación no alcanza ni tan siquiera los costes laborales y de Seguridad Social del personal que es necesario para llevar a cabo el contrato", lo que obligaría al adjudicatario a reducir los gastos de personal en más de un 50%, incumpliendo la legislación laboral. Sólo cubiría el precio el desplazamiento para hacer la foto del edificio, agregaban en una nota.

El decano del Colegio de Arquitectos, Francisco Sarabia, ha dicho hoy: "Tras una primera lectura, no nos parecen argumentos jurídicos de peso los empleados por la juez al dictar la sentencia. Es muy reciente el pronunciamiento judicial y se está analizando por nuestro departamento jurídico para valorar si se recurre, todavía es pronto para decidir".

El precio de licitación previsto en el pliego era de 85.000 euros más IVA y, según los arquitectos, no respetaba "el precio general de mercado, por lo que debe anularse el acto probatorio del expediente de contratación licitado". El precio no sería acorde ni con el equipo humano requerido ni con las funciones que se exigen ni con el plazo para ejecutar la tarea: 10 meses.

El Ayuntamiento pidió que se desestime la demanda asegurando que el contrato no duraba 10 meses, sino que ese es el plazo máximo, "pudiendo el licitador minorar el plazo, no siendo tampoco cierto que el equipo de trabajo tenga dedicación exclusiva, no siendo necesario que la empresa adjudicataria tenga en plantilla a todos los miembros del equipo". Asimismo, el pliego exponía que a los adjudicatarios se les facilitaría la información de la Gerencia, de forma que se subió a la Plataforma de Contratación del Estado que la Gerencia contaba con información de 611 inmuebles, "por lo que el levantamiento completo sólo se tendría que realizar sobre los 790 restantes".

En relación a la perito de los arquitectos, esta explicó que, para hacer la ficha técnica completa de todos los edificios no catalogados, "se necesita un tiempo aproximado de ocho horas para cada uno", unos 50 a la semana si se quiere estar a lo que dice el Consistorio y especificó que habría que centrarse también en los edificios sobre los que ya existía ficha.

Una de las arquitectas de la gerencia indicó que "no es necesario contratar a los profesionales a jornada completa, que en los pliegos ya se disponía que se podía crear el equipo de cualquier manera admitida en Derecho, así se puede disponer de autónomos, o se pudiese contratar a algún profesional solo por un tiempo". Indicó que ese trabajo se puede hacer en menos de seis meses". "Por ejemplo, en menos de una hora obtuvieron en la Gerencia datos de unos 80 edificios utilizando las técnicas avanzandas y que no suponen un coste económico grande como el maping mobile que usaron en esa ocasión". Una de sus compañeras explicó que el Ayuntamiento ya disponía de mucha de la documentación a aportar.

La juez considera que prte del trabajo de campo, según dijo una de las arquitectas, ya estaría realizado, "a lo que había que unir la mayor facilidad de ese trabajo de campo en aplicación de las nuevas tecnologías". Además, el precio se fijó tras analizar "otros contratos similares que había realizado el departamento para la fijación del precio del contrato, razonando de forma adecuada, suficiente y objetiva ambas testigos, trabajadoras de Urbanismo, que dicha administración ya contaba con numerosa información de la que debía contenerse en las fichas" de los edificios.

El concejal de Urbanismo afirma que la sentencia "es muy satisfactoria y demuestra el trabajo que se está haciendo en la Gerencia, correcto y en la dirección adecuada: cuando se plantean recursos a muchas cuestiones casos como este demuestran que nadie tiene la verdad absoluta".

Contra esta sentencia cabe recurso.