Urbanismo

Costas ordena el derribo del célebre restaurante Antonio Martín

Fuentes del Gobierno aseguran que es la Junta la que debe desalojar el edificio, según ordenó el TSJA, y se decide la demolición dado que el Ayuntamiento tiene previsto soterrar al tráfico esa zona y peatonalizarla

Imagen del Restaurante Antonio Martín, a inicios de semana.

Imagen del Restaurante Antonio Martín, a inicios de semana. / Álex Zea

José Antonio Sau

José Antonio Sau

La Dirección General de Costas ha optado finalmente por el derribo del restaurante Antonio Martín y, antes de eso, claro, habrá de ser desalojado, aunque esto último, indican fuentes del Gobierno central consultadas por este periódico, debe hacerlo la Junta de Andalucía, puesto que si el Estado tiene competencias en el dominio público marítimo-terrestre, es la administración autonómica la que gestiona las concesiones.

Así, por tanto, Costas ha optado finalmente por "eliminar el inmueble", dice el Gobierno, pero es la Junta de Andalucía la que debe desalojar el restaurante y proceder a la extinción de la concesión, "dado que así lo establece, por cierto, una sentencia judicial". "Costas lo que ha dicho es que el inmueble se derriba porque no se va a destinar a una nueva concesión administrativa. El Gobierno tiene la potestad de decidir a qué se destina y el Ejecutivo central", declaran, está en línea con lo que ha planeado para esa zona el Ayuntamiento de Málaga.

¿Y qué ha planeado ahí el Ayuntamiento? Pues el Consistorio impulsa ahora los estudios previos del plan litoral, que consiste en soterrar 2,3 kilómetros de tráfico en el frente marítimo de la ciudad, desde el Muelle Heredia hasta las inmediaciones del Gran Hotel Miramar, y en la parte superior habrá una gran peatonalización para generar espacios de encuentro ciudadano. Eso es lo que ocurrirá en la zona de Antonio Martín, que será peatonalizada. Y Costas, según el Gobierno, se alinea en este punto con las tesis del Consistorio malagueño.

Existe una sentencia firme que obliga a una extinción de la concesión administrativa y es la Junta la que tiene que desalojar a los propietarios y Costas, que tiene las competencias en el dominio público marítimo terrestre y, por tanto, sobre el bien inmueble, ha decidido que allí no haya una nueva concesión. El Ayuntamiento ha efectuado allí una planificación urbanística determinada y es en eso en lo que se basa Costas.

La cronología es la siguiente: la Junta de Andalucía hizo en su día una resolución de extinción de la concesión, los concesionarios recurrieron y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) consideró firme la resolución de la autonomía y, por tanto, de extinción de la concesión y desalojo. Posteriormente se produce el pronunciamiento de Costas (el Estado) sobre un bien inmueble en dominio público marítimo terrestre y, por tanto, le pertenece, indican. Al extinguir la concesión, hay una regresión del bien al propietario, y debe devolverse el inmueble sin inquilino.