Renta 2021

Hacienda prevé casi 756.000 declaraciones en Málaga, dos tercios de ellas a devolver

Calcula que el reintegro para 492.000 declarantes será de 351 millones de euros - Las devoluciones se comienzan a abonar a partir de este viernes - A otros 189.000 contribuyentes les saldrá a ingresar, con un importe de 555 millones

Dos persoans realizan su decalración en una oficina de la Agencia Tributaria, en una imagen de una campaña anterior.

Dos persoans realizan su decalración en una oficina de la Agencia Tributaria, en una imagen de una campaña anterior. / Europa Press

José Vicente Rodríguez

José Vicente Rodríguez

La Agencia Tributaria, que ha abierto este miércoles el plazo para confirmar o modificar y presentar por internet la declaración del IRPF de la campaña de Renta 2021, espera recibir en la provincia de Málaga un total de 755.940 declaraciones, lo que supone un 2,6% de subida en relación al año pasado. Se calcula que 492.736 (es decir, dos de cada tres) saldrán a devolver, con un reintegro por parte de Hacienda a los contribuyentes malagueños de 351 millones de euros. Las devoluciones se iniciarán en 48 horas, el próximo viernes, según ha explicado este miércoles la Agencia en la presentación de la campaña.

El número de declaraciones con resultado de devolución en Málaga, según los cálculos de la Agencia, sube un 3% respecto a la anterior campaña, mientras que el importe a reembolsar a estos declarantes aumenta un 4,9%.

Las declaraciones que saldrán a ingresar en Málaga serán 189.448, un 1,3% menos que en el año precedente, con un resultado estimado conjunto de 555 millones de euros. Este desembolso por parte de los contribuyentes a los que la declaración les salga a ingresar es un 24,5% superior al de la campaña de Renta 2020.

A los habituales servicios de asistencia se añadirá en esta campaña un "Informador" de Renta integral para la resolución de las principales dudas de los contribuyentes a la hora de confeccionar su declaración, y con la posibilidad adicional de contactar vía chat con personal especializado de la Administración Digital Integral, la ADI, para aclarar las cuestiones que queden pendientes.

Está previsto que se presenten 21.921.000 declaraciones a nivel nacional, un 0,9% más que el año anterior. De ese total, se espera que 14.350.000 den derecho a devolución, dos tercios del total y un 1,1% más que el año anterior, por un importe estimado de 11.122 millones de euros (5,8% más).

Los contribuyentes que cuenten con declaraciones a ingresar (cerca de 5.971.000, un 1,5% menos, por importe de 13.400 millones), al igual que todos los años no realizarán los primeros pagos hasta el final de la campaña.

El plazo de presentación finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 27 de junio.

La atención telefónica para la confección y presentación de declaraciones (plan ‘Le Llamamos’) comienza el 5 de mayo, con solicitud de cita a partir del 3 de mayo, y la atención presencial en oficinas se inicia el 1 de junio, con solicitud de cita a partir del 26 de mayo. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas, seguirá contando con el apoyo de conunidades autónomas y ayuntamientos.

Servicios

El ‘Informador’ de Renta, accesible en la web de la Agencia, pasa a ser un servicio integral de asistencia en línea con más de 800 respuestas a las dudas más destacadas de todo el impuesto. También como novedad, los distintos bloques de información se conectan a un chat que atienden especialistas de la ADI en horario de nueve de la mañana a siete de la tarde.

Por otro lado, el plan ‘Le Llamamos’ de confección de declaraciones por teléfono mantendrá una capacidad que el año pasado permitió realizar 1.153.000 declaraciones por esta vía, casi el 70% de todas las declaraciones presentadas con asistencia personalizada. Este plan arrancará el 5 de mayo, con solicitud de cita a partir del 3 de mayo (se recomienda la solicitud por internet o mediante servicio automático en el 91 535 73 26, o en el 901 12 12 24) y servicio hasta el final de la campaña.

La campaña contará también con ciertas modificaciones en ‘RENTA WEB’ para dar cabida a novedades normativas, caso de la consideración como gasto deducible de las rebajas en el alquiler de locales practicadas entre enero y marzo del pasado año, o las nuevas deducciones por mejora de la eficiencia energética de las viviendas. También se incorporan, tanto en Renta como en la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, apartados específicos para la declaración de las monedas virtuales.

A su vez, se mantiene la herramienta para la predicción de errores que se puso en funcionamiento el año pasado al objeto de ayudar a los contribuyentes a evitar errores recurrentes en la declaración.

Quiénes no están obligados a declarar

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Por otra parte, se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el IMV.

Revisión de datos personales y económicos

La Agencia Tributaria recomienda siempre revisar el borrador de "RENTA WEB", ya que aunuqe su información es la más actualizada posible, no siempre disponee de todos los datos con trascendencia en la declaración, que quizá el contribuyente deba incorporar por sí mismo. Algunos casos típicos que aconsejan esta revisión son los siguientes:

- Inmuebles y sus referencias catastrales

- Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2021)

- Arrendamientos de inmuebles

- Transmisiones

- Aportaciones a planes de pensiones

- Cuotas sindicales

- Percepción de prestaciones por ERTE

- Percepciones por subvenciones

- Deducciones familiares y por maternidad

- Deducción por inversión en vivienda habitual

- Deducciones autonómicas

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