Subvenciones
Ayuda de 100 euros por hijo: qué es y qué requisitos hay que cumplir
Hasta ahora esta ayuda solo la recibían las madres trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social, pero tras su aprobación serán beneficiarias todas las madres con hijos de cero a tres años
Los Presupuestos Generales del Estado para 2023 incluyen una nueva medida: la ayuda de 100 euros mensuales para las familias con hijos de 0 a 3 años.
Una prestación económica que entrará en vigor en enero del año próximo. Hasta ahora esta ayuda solo la recibirán las madres trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social, pero su aprobación supone que pase a ser de carácter universal; es decir podrán ser beneficiarias todas las madres.
En qué consiste este ayuda
Pendiente a su aprobación, esta ayuda consiste en 100 euros mensuales por cada hijo de cero a tres años.
Requisitos
Por ahora, solo es necesario que las madres hayan estado o estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad durante al menos 30 días o haber recibido una prestación por desempleo.
Cómo se cobrará
La ayuda de 100 euros por hijo se podrá cobrar a través de pago único o de una deducción en la Agencia Tributaria.
Si se opta por la deducción en la Agencia Tributaria, el ciudadano puede añadir la ayuda en la declaración de IRPF en la próxima campaña de la Renta. Será ahí cuando recibirá un único pago de 1.200 euros por hijo menor de tres años.
O se puede solicitar la ayuda dividida en 100 euros mensuales. Para ello, hay que acceder a la página web de la Agencia Tributaria y solicitar el abono anticipado a través del Modelo 140, correspondiente a las deducciones por maternidad.
Una vez rellenado se obtendrá un documento que deberá presentarse en las oficinas de la Agencia Tributaria, gestión que igualmente se puede llevar a cabo por correo electrónico, por teléfono (número gratuito 901 200 347) o vía telemática.
Cómo solicitar la ayuda
La deducción de la cuota diferencial, que se puede aplicar desde 2025, se puede realizar a través de tres vías igualmente válidas:
- Telemática: desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, será necesario contar con el Número de Identificación Fiscal (NIF), el DNI electrónico o un navegador con certificado electrónico instalado.
- Por teléfono: a través del Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria, llamando al número de teléfono gratuito 901 200 347. Para ello, se necesitará información relativa al NIF, número de cuenta bancaria, número de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad y el importe correspondiente a la base liquidable general de la declaración del IRPF, al igual que los datos del registro civil que se muestran en el libro de familia.
- Presencial: en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria con el modelo 140 cumplimentado. También podrá enviarse vía correo postal a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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