Sanidad
Condenan al SAS a pagar 43.000 euros a las hijas de una paciente que murió por negligencia médica
La malagueña de 90 años falleció por no haberle tratado adecuadamente y a tiempo un problema de concentración alta de sodio en la sangre en el Hospital Regional

Imagen del Hospital Regional Universitario de Málaga. / Álex Zea

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) tendrá que indemnizar con 43.138 euros a las dos hijas de una paciente malagueña de 90 años, fallecida en diciembre de 2014 por una negligencia médica en el Hospital Regional de Málaga.
Así lo ha estimado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Sala de lo Contencioso Administrativo, tras aceptar el recurso de apelación interpuesto por el letrado Damián Vázquez, especialista en Derecho sanitario y colaborador jurídico de la Asociación El Defensor del Paciente.
La causa de la muerte, confirmada en la sentencia, se debió a la falta de control adecuado de la hipernatremia que presentaba la paciente, que consiste en una concentración alta de sodio en la sangre. Pese a que las analíticas realizadas sí que indicaban que ese parámetro estaba alterado, fueron leídas con “evidente demora”, indicando el tratamiento de sueroterapia horas después de lo recomendado. Además, como subrayan desde la asociación El Defensor del Paciente, no solo se aplicó cuando ya era "demasiado tarde”, sino que "no se realizó de forma correcta".
Muerte evitable
El TSJA ha aceptado que esa fue la causa de la muerte y que, como destacó el abogado Vázquez, era “perfectamente evitable” de haberse puesto la sueroterapia adecuada y a tiempo, a tenor de las alteraciones analíticas que indicaban: “elevación importante de la creatinina jaffe (explicación de fracaso renal) y un aumento del sodio a 155 miliequivalentes, siendo por la mañana de 142: en menos de 12 horas aumenta a 155”.
Los peritos de parte y judicial coincidieron en la causa de hipernatremia y en que las analíticas que se hicieron no fueron vistas hasta horas después (lo cual supone demora asistencial) y por ello cuando se dieron cuenta ya era tarde.
A raíz de la sentencia del TSJA, la asociación Defensor del Paciente ha emitido un comunicado en el que recuerda que existe la “obligación” de cuidar a los enfermos y poner los medios para salvarle la vida, “lo que no concurrió en este caso, ya que finalmente falleció, por responsabilidad del Servicio Andaluz de Salud, lo que pudo haber sido perfectamente evitado, como ya sucedió en anteriores ocasiones con esta paciente”.
Actuación tardía y errónea
Según el letrado Damián Vázquez y los peritos en el procedimiento judicial, “se actuó mal y tarde”, debido a que en este tipo de patologías debe hacerse un seguimiento analítico exhaustivo del paciente para comprobar en cada momento sus valores y su pérdida de agua, y poder actuar en consecuencia, ajustando los valores a lo que precise en cada momento el paciente.
Sin embargo, a pesar de que se dejó clara la necesidad de ser “extremadamente cuidadoso” en la reposición de líquidos en este tipo de pacientes, no se puso la cantidad de líquidos que necesitaba la paciente, cuando se debió poner. Un hecho que ha sido calificado por la Sala como causa de condena, ya que “no se controló bien el deterioro electrolítico y de la función renal con carácter grave”.

Juzgados de Málaga. / La Opinión
“Nos encontramos ante un control inadecuado del sodio y de la creatinina para controlar la hipernatremia y evitar una muerte, lo que no se hizo en este caso. La paciente fallecida (madre de los recurrentes) sufrió una falta de control adecuado en la hipernatremia, sin que adecuen según los cálculos que hay que realizar del suero, derivando en una alta creatinina y posterior fallo multiorgánico, por dejadez asistencial, ya que si no se ponen los medios y tratamiento adecuado para dicha creatinina alta y sodio, es evidente que ello acabaría en su muerte, como es el caso, por lo que sí está acreditada de forma fehaciente la causa de la mal praxis médica”, detalla en el comunicado el Defensor del Paciente, que concluye que “se aplicaron sueros de forma estándar sin control adecuado”.
Por todo ello, la sentencia con estimación del recurso de apelación, del letrado Damián Vázquez, ha condenado finalmente a que el SAS pague 43.138 € a las dos hijas como indemnización por la muerte de su madre, aplicando el baremo en su integridad, más intereses legales.
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