Huelga

Los autobuses metropolitanos de Málaga vuelven a la huelga: fechas y motivos

Estos paros afectarán a los autobuses interurbanos y al transporte discrecional, lo que incluye las rutas escolares, ya que la EMT se ha desmarcado del paro

Ambiente en las estaciones de autobuses y trenes

Ambiente en las estaciones de autobuses y trenes / L.O.

Chaima Laghrissi

Chaima Laghrissi

Los autobuses de Málaga vuelven a la huelga, aunque en este caso será sólo en los interubanos, transporte sanitario y discrecional, ya que la EMT se ha desmarcado a una convocatoria nacional que actualmente sólo lo respalda CCOO. Los primeros días de este paro fueron el pasado 28 de octubre y provocaron retrasos y largas colas en las paradas de la capital. 

Ahora, unos 1.300 trabajadores del transporte de mercancías y viajeros por carretera, el transporte público interurbano, transporte sanitario y discrecional en Málaga, están llamados a un paro que comienza los días 28 y 29 de noviembre. Para más tarde continuar el día  5, 9 y 23 de diciembre, cuando la huelga se convertirá en indefinida.

El motivo por el que protestan los conductores es para exigir la jubilación anticipada de las personas conductoras mediante la fórmula de la aplicación de coeficientes reductores por la penosidad y peligrosidad de la profesión: “La huelga continúa después de que hayan fracasado las reuniones mantenidas con las patronales y no se haya llegado a un acuerdo".

Esta huelga afecta a los transportes urbanos e interubanos.

Esta huelga afecta a los transportes urbanos e interubanos. / Álex Zea

Esta vez, será solo CCOO la que mantendrá la convocatoria de huelga en el sector de transporte de viajeros por carretera. La "primera parte" del paro estuvo convocada por CCOO y UGT, sin embargo esta última se desliga de los paros "tras alcanzar un acuerdo con la Confederación Española de Transporte en Autobús (Confebús) y Anetra" para bajar la edad de jubilación anticipada.

La huelga pasará a indefinida a partir del 23 de diciembre

Sin acuerdo entre los sindicatos

UGT y SLT, han llegado a un acuerdo con las patronales Confebús y Anetra y se desmarcan de la convocatoria de huelga. 

El motivo de que CCOO continúe adelante con las movilizaciones es que "no se puede cerrar un acuerdo sin que exista un compromiso por las asociaciones del sector. Ni podemos firmar un acuerdo sin que exista una fecha concreta", critica Francisco Aranda, secretario de Acción Sindical de la FSC de CCOO

En ese documento no se recoge una fecha para la solicitud de la aplicación de coeficientes reductores, sino que se pospone a la publicación de un Real Decreto que establezca un nuevo procedimiento administrativo.

UGT se desliga de esta nueva convocatoria de huelga

CCOO aclara también que del mismo modo que no se puede desconvocar completamente la huelga sin el acuerdo de CCOO, "tampoco se puede presentar la solicitud de aplicación de coeficientes reductores con las patronales sin este sindicato", ya que así lo exige el artículo 206 de la Ley General de la Seguridad Social, que señala que la solicitud la han de presentar conjuntamente las organizaciones empresariales y sindicales "más representativas", lo que exige obligatoriamente el concurso de CCOO.

Desde UGT “comprenden esta preocupación, pero no la compartimos, porque consideramos fundamental actuar con rigor y garantizar resultados sólidos”. 

La plataforma sindical indica que en el acuerdo alcanzado con la patronal se establece una "solicitud conjunta para el establecimiento de coeficientes reductores y compensación de posibles desajustes financieros".

Lo que les ha llevado a una desvinculación de la huelga, con el fin de "priorizar soluciones concretas y efectivas": "Este acuerdo responde a las demandas de las personas trabajadoras y permite seguir avanzando sin perjudicar a los usuarios ni a las empresas en una época crítica para el sector.

Y añaden que "el acuerdo alcanzado establece un compromiso firme de acción por parte de UGT y Confebús. Nos comprometemos a que la solicitud sea presentada dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles tras la entrada en vigor del nuevo Real Decreto. Este plazo no solo es razonable, sino también necesario para garantizar que la solicitud sea sólida y se sustente en los requisitos establecidos por la Ley General de Seguridad Social".

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