Urbanismo
Los vecinos del Centro piden al Ayuntamiento actuar de oficio contra los pisos turísticos
La Asociación de Vecinos Centro Antiguo presenta una acción pública urbanística por incumplimiento por omisión, desde 2011, del PGOU, que prohíbe el hospedaje en viviendas sin acceso independiente

La Asociación de Vecinos Centro Antiguo anunció la acción pública urbanística en una rueda de prensa, ayer. / A.V.
Los vecinos del Centro Histórico de Málaga, agrupados en la Asociación de Vecinos Centro Antiguo, anunciaron ayer en rueda de prensa la presentación de una acción pública urbanística para que el Ayuntamiento de Málaga actúe de oficio e inspeccione los pisos turísticos, para restablecer la legalidad urbanística, por entender que ha incumplido por omisión la normativa del PGOU desde su entrada en vigor en 2011 y hasta este año.
En concreto, habría incumplido por omisión el artículo 6.4.1 que define los servicios terciarios, incluido el hospedaje; así como el 6.4.2 que regula el mencionado hospedaje y señala que sólo podrá desarrollarse «en un edificio destinado total o parcialmente a viviendas sólo en el caso de que disponga de elementos de acceso y evacuación adecuados e independientes de los del resto del edificio, así como de instalaciones generales (luz, agua, teléfono, etc.) asimismo totalmente independientes de las del resto del edificio».
La petición vecinal entiende que este requisito «no se da prácticamente en ningún edificio del Centro, por lo que no es posible, de acuerdo con el PGOU 2011, contemplar la instalación de viviendas turísticas, apartamentos u otro tipo de alojamientos».
Por este motivo, la Asociación de Vecinos del Centro Antiguo señala que «para restaurar la normativa urbanística se debería hacer desaparecer las actividades de viviendas o apartamentos turísticos en su totalidad (al menos las actuaciones no caducadas)».
«Reconocimiento expreso»
En segundo lugar, los vecinos recuerdan que, en junio de este año, la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) aprobó la instrucción 1/2024 sobre aplicación de la normativa urbanística a las viviendas de uso turístico, lo que a su juicio «constituye el reconocimiento expreso de que, desde 2011, se viene incumpliendo por omisión por la propia Gerencia Municipal de Urbanismo el citado artículo 6.4.2. de la normativa urbanística del PGOU».
La acción pública urbanística precisa que este «aquietamiento municipal denunciado» impide actuar de oficio del año 2011 a los últimos seis años, es decir, «podría actuar de oficio desde 2017».
Además, subraya la obligación que tiene la Gerencia Municipal de Urbanismo, a través del servicio de Inspección, de inspeccionar las viviendas para uso turístico sin acceso e instalaciones independientes, así como de «incoar el correspondiente procedimiento de restablecimiento de la legalidad urbanística (desde los últimos 10 años) y sancionador (desde los últimos 4 años)».
Presunta prevaricación
La reclamación, por último, recalca la obligación de la GMU de restablecer la legalidad urbanística, ante el incumplimiento del artículo 6.4.2. del PGOU, y considera que puede constituir «su aquietamiento una actuación ilícita con consecuencias penales incluidas en sede penal por un presunto delito de prevaricación, perseguible de oficio», según el artículo 320 del Código Penal.
En otro orden de cosas, el colectivo vecinal argumenta que la vivienda turística «y a diferencia de otras interpretaciones interesadas (...) es un alojamiento temporal, es una actividad económica absolutamente diferenciada de la actividad residencial», como lo manifiestan tanto la Agencia Tributaria del Ministerio de Hacienda, como la Junta de Andalucía en el Decreto autonómico 28/2016 de 2 de febrero.
Por este motivo, entienden los vecinos que el Ayuntamiento de Málaga tiene que considerar la actividad de las viviendas turísticas como actividad económica;«no las puede considerar de otra manera».
Contencioso-administrativo
El presidente vecinal Carlos Carrera justificó la presentación de la acción pública urbanística por las explicaciones «poco satisfactorias» del Ayuntamiento de Málaga, tanto en los plenos municipales como ante varios escritos presentados por la asociación de vecinos.
Precisamente, el presidente leyó en la rueda de prensa su intervención en el pleno de julio de este año en el que hizo esta pregunta: «El Ayuntamiento de Málaga siempre tuvo las competencias urbanísticas, la norma reguladora (PGOU 2011) y la obligación de aplicarla. ¿Por qué no actuaron?».
Carlos Carrera detalló además que la acción pública urbanística se ha presentado el pasado día 22 por registro, dirigida a la Gerencia Municipal de Urbanística y, en el caso de que no contestara o bien lo hiciera de forma que no satisficiera a los vecinos del Centro, el siguiente paso sería plantear un recurso contencioso-administrativo.
Para Carlos Carrera, ni el decreto de la Junta de Andalucía 28/2016 ni el de enero de este año (31/2024), ambos reguladores de los pisos turísticos, suponen «en ningún momento» que, con anterioridad, los ayuntamientos no pudieran aplicar su propia normativa urbanística.
En la misma línea, el abogado de la asociación y experto en Urbanismo, Pablo Fernández-Canivell señaló que «el Ayuntamiento siempre puede y debe actuar contra cualquier incumplimiento de su normativa urbanística. Igual que lo puede hacer con cualquier infracción, puede actuar cuando se infringe el artículo 6.4.2».
La GMU, por contra, defiende en su instrucción de junio, que la entrada en vigor del Decreto 31/2024 de la Junta es lo que ha permitido aplicar lo dispuesto en el artículo 6.4.2 del PGOU de 2011.
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