Multas
Multas por padrón falso: empadronarte en un lugar en el que no resides te puede costar caro
El BOE ha confirmado la obligatoriedad de empadronarse en la residencia habitual, imponiendo sanciones ante el incumplimiento y castigando la falsedad u omisión de datos en el padrón

Estar empadronado en un lugar que no es la residencia habitual puede acarrear una multa. / L.O.
Sara Torres
Los cambios laborales o académicos trasladan a muchas personas fuera de su residencia habitual. Hoy, el desplazamiento entre municipios, provincias, incluso comunidades es algo frecuente, y en una sociedad de nómadas, el empadronamiento, a menudo, pasa desapercibido. Sin embargo, a partir de ahora este trámite legislativo cobrará importancia para muchos.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha confirmado la obligatoriedad de estar empadronado en el lugar habitual de residencia recurriendo a la imposición de sanciones económicas ante el incumplimiento de la norma.
Según el Real Decreto 1960/1986 quién viva en varios municipios tiene que empadronarse en aquel que pase más tiempo. Además, la obligación de empadronarse corresponde tanto a los que viven habitualmente en un término municipal, como a los que cambien de residencia por cualquier motivo.
¿Cuál será la cuantía de las multas?
Las sanciones dependen del tamaño del término municipal.
- Municipios de entre 5.001 y 20.000 habitantes: 3 euros
- Municipios de entre 20.001 y 50.000 habitantes: 60 euros.
- Municipios de entre 50.001 y 500.000 habitantes: 90 euros.
- Municipios de entre 500.000 habitantes: 150 euros.
Además en este aspecto, el BOE no solo obliga al empadronamiento en el lugar habitual de residencia, sino que también castiga la falsedad u omisión de datos en el padrón municipal.
¿Qué institución será la encargada de poner las sanciones?
La imposición de sanciones será competencia de los Ayuntamientos, que juegan un papel fundamental en el correcto cumplimiento de esta norma. Según ha establecido el BOE, los Ayuntamientos facilitarán a todos los que vivan bajo su término hojas padronales o formularios para que le notifiquen los datos de inscripción. Además dicha institución será la encargada de comprobar la veracidad de estos datos consignados por los vecinos.
También los Ayuntamientos deben responsabilizarse de mantener su padrón municipal comprobado y actualizado. Para ello el Instituto Nacional de estadística (INE) le ofrecerá aquella información relacionada con los datos que afecten al padrón municipal.
¿Por qué es necesario el empadronamiento?
La importancia de empadronarse no supone ninguna novedad, este trámite ya se establecía hace varias décadas. En el artículo 15 de la Ley 7/1985 publicada por el BOE el 31 de diciembre de 1990, se recogía lo siguiente: “Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año".
Y es que el empadronamiento no es un mero trámite administrativo, sino que garantiza a los ciudadanos el acceso y disfrute de servicios públicos esenciales como son la educación, la sanidad y los servicios sociales del municipio correspondiente. Además, según expone el Real Decreto 1960/1986, dicha inscripción permite a sus vecinos ejercer el derecho al voto y acceder a descuentos y bonificaciones en servicios municipales.
¿Qué hay que hacer para empadronarse?
El empadronamiento puede resultar un trámite tedioso, pero es un proceso sencillo, que consiste únicamente en la presentación de varios documentos:
- Nombre y apellidos
- Sexo
- Domicilio habitual, con especificación de la referencia catastral en el territorio fiscal común, o el código equivalente en los territorios forales, siempre que el domicilio cuente con referencia catastral o código equivalente.
- Nacionalidad
- Lugar y fecha de nacimiento
- Número de documento nacional de identidad
- Certificado o título escolar o académico que posea
- Otros datos que se consideren necesarios para la elaboración del censo electoral
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