MUNICIPAL

Urbanismo da luz verde hoy al cambio de la ordenanza para agilizar las licencias

El Ayuntamiento introduce la posibilidad de tramitar las licencias urbanísticas y las declaraciones responsables a través de una entidad colaboradora

Obra en Málaga capital.

Obra en Málaga capital. / L.O

L.O

La comisión de Urbanismo, Movilidad y Seguridad en el Ayuntamiento de Málaga dará luz verde este lunes de forma inicial al texto normativo que modificará la ordenanza Reguladora de la Tramitación de Licencias Urbanísticas (Ortlu), en vigor desde junio de 2019.

La modificación de esta ordenanza, de ahora en adelante Ordenanza Municipal de Licencias Urbanísticas (OMLU), se enmarca, según destaca el Gobierno local, en su compromiso para agilizar los trámites urbanísticos para la concesión de licencias y la reducción de trámites de la ciudadanía con el Consistorio para la ejecución de obras de menor entidad.

La Comisión aprobará de forma inicial este texto normativo que modificará la mencionada ordenanza. Los siguientes trámites serán la aprobación por parte del pleno del Ayuntamiento, la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), el trámite de información pública y la aprobación definitiva por la Comisión de Urbanismo y el pleno.

Uno de los principales objetivos que se persiguen con la modificación de la norma en vigor es el de actualizar y definir de la manera "más clara y precisa posible" qué actuaciones urbanísticas están sujetas a licencia, cuáles pueden realizarse con la presentación de una declaración responsable o comunicación y confirmar cuáles son los actos no sujetos a ninguno de estos controles municipales, ha detallado el Ayuntamiento.

Otra de las modificaciones "sustanciales", ha añadido el Consistorio, es que se facilita el procedimiento desde la concesión hasta la expedición; de esta forma se sustituye el documento expeditivo de la licencia por una comunicación, de modo que en los casos de licencias cuya eficacia quedó condicionada a determinados aspectos y si el cumplimiento de ellos depende exclusivamente del interesado, podrá iniciar la obra o actuación urbanística sin esperar a la emisión de un nuevo documento administrativo que confirme la eficacia del acto (expedición).

Por otro lado, se amplían los actos sujetos a comunicación previa para ciertos trámites incluyendo las transmisión y cambios de titularidad, prorrogas, desistimiento, etcétera, "facilitando a la ciudadanía dichos trámites" (Artículo 18).

También se han actualizado y ampliado los actos no sujetos ni a licencia, ni a declaración responsable o comunicación y se han incorporado en este supuesto los acondicionamientos de espacios libres (ajardinamiento, pavimentación, solares de patios, aceras perimetrales a la edificación -siempre que no afecten jardines protegidos-, y las obras de mantenimiento y conservación de pistas deportivas o piscinas. Tampoco estarán sujetos a ningún trámite previo la limpieza, pintura y acabados de fachada (salvo en los edificios con protección) o la instalación de acristalamientos verticales sin perfilería -siempre que no impliquen aumento de ocupación o volumen-.

Uno de los aspectos «más importantes» de la actualización de la ordenanza de expedición de licencias es que esta introduce la posibilidad de tramitar las licencias urbanísticas y para la presentación y fase de comprobación de las declaraciones responsables o comunicación a través de una entidad colaboradora (colegio profesional o Entidad Urbanística Certificadora EUCA) con el objetivo de "agilizar" los trámites administrativos. La colaboración público-privada no será obligatoria en ningún caso.

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