Tribunales
Rebajan de 14 a 9 años de cárcel la pena por agresión sexual a una menor en Álora
La primera resolución impuso al procesado seis años de libertad vigilada, que se ejecutarán con posterioridad a las penas privativas de libertad

La sede del TSJA, en Granada. / L. O.
EFE
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 14 a 9 años y un día de prisión la condena a un hombre al sentenciar los hechos que cometió como un delito continuado de agresión sexual a una menor en Álora.
La resolución, a la que ha tenido acceso EFE y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, estima parcialmente la apelación interpuesta por el condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, la revoca en parte y lo considera autor de un delito continuado de agresión sexual a menor de dieciséis años agravado por la introducción de miembro.
El fallo establece además la prohibición de aproximarse a la menor, a su domicilio o lugar de trabajo a una distancia inferior a 200 metros, así como comunicar con ella por cualquier medio durante doce años.
También se le condena a 15 años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad y se mantienen los pronunciamientos de la sentencia recurrida de imposición de la medida de libertad vigilada, responsabilidad civil y costas.
Seis años de libertad vigilada tras la prisión
La primera resolución impuso al procesado seis años de libertad vigilada, que se ejecutarán con posterioridad a las penas privativas de libertad.
También fijó que el procesado debía abonar en concepto de responsabilidad civil en favor de la menor 10.000 euros, más los intereses legales, con expresa condena de las costas causadas.
La sentencia de la Audiencia consideró como hechos probados que la menor acudía a comprar a un quiosco cercano a la casa del procesado y que con 14 años, en febrero de 2020, cuando pasaba por un callejón cercano de la vivienda de él se cruzó con éste y el hombre le tocó el pecho.
En abril de 2020, en ese sitio, volvió a ocurrir lo mismo al encontrarse con el procesado, que le rozó el pecho y le tocó el culo, por encima de la ropa, y en noviembre o diciembre de 2020 el procesado echó todo su cuerpo encima de la menor y consiguió introducirle un dedo en su vagina haciéndole daño, por lo que empezó a temblar por el miedo.
Ocasionó estrés postraumático
Tras ello, la menor desarrolló un trastorno de estrés postraumático agudo que precisó seguimiento por la Unidad de Salud Mental y una afectación importante en su ingesta alimentaria con importante pérdida de peso, por lo que tuvo un tratamiento farmacológico con ansiolíticos y antidepresivos que necesitó para su curación o estabilización lesional de período de 90 días, 60 de ellos impeditivos.
La primera sentencia había condenado por dos delitos de abusos sexuales a menor y uno de agresión sexual a menor de 16 años con introducción de miembro corporal por vía vaginal.
Las víctimas de violencia machista y su entorno pueden pedir ayuda en distintos recursos activos todos los días de la semana y las 24 horas del día: el teléfono 016, el correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y el canal del WhatsApp en el número 600 000 016.
En una situación de emergencia se puede llamar al 112 o a los teléfonos de emergencias de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062) y, si no es posible hacer esa llamada, en caso de peligro existe también la opción de activar la aplicación ALERTCOPS, que envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.
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