Turismo
Más control sobre los pisos turísticos de Málaga: tienen hasta el 1 de julio para inscribirse en el Registro Único del Gobierno
El Ministerio de Vivienda advierte que será ilegal alquilar el alojamiento si no se dispone de número de identificación

Varios turistas pasan cerca de cajas o cajetillas de llaves de los pisos turísticos que hay en el casco histórico de Málaga. / Álex Zea

Las viviendas turísticas de Málaga, como ocurrirá en todo el territorio nacional, tienen hasta el próximo 1 de julio para inscribirse en el Registro Único de Arrendamientos creado por el Gobierno con el objetivo de frenar "los casos de fraude" en los alquileres de corta duración.
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana subraya que a partir de esa fecha "será ilegal alquilar" si el alojamiento no dispone de número de identificación, un requisito que se exige tanto a la vivienda de uso turístico como de temporada.
Este registro cuenta, además, con una Ventanilla Única Digital a través de la que se centralizan todos los trámites tanto de inscripción como de consulta de datos. Esta herramienta está regulada mediante un Real Decreto que entró en vigor el pasado 2 de enero pero que no se hará efectivo hasta el próximo mes, otorgando así un período de gracia a los propietarios de los alojamientos para inscribirse en el Registro.
Durante este último mes, el Gobierno ha lanzado una campaña de información y concienciación para explicar cómo hay que registrarse y qué requisitos hay que cumplir.
¿Cuántas hay en Málaga?
Según los últimos datos que ofrece el Registro de Turismo de Andalucía, en la provincia de Málaga hay actualmente inscritas 85.184 viviendas de uso turístico. Estos alojamientos deberán solicitar su número de registro en el Colegio de Registradores de España, detallando la referencia catastral y la dirección exacta de la vivienda, así como el modelo de alquiler, ya sea completa o por habitaciones, el número de personas que podrán hacer uso de la vivienda y el cumplimiento de los requisitos que establece cada comunidad autónoma.

Campaña del Gobierno por el Registro Único de las viviendas de uso turístico. / L.O
Una vez validada la solicitud de registro, los propietarios recibirán un número de identificación que deberán hacer público en las plataformas online como Airbnb, Booking o Rentalia. Según indica el Ministerio de Vivienda, estos portales deberán exigir ese código de registro para poder publicar los anuncios.
Normativa europea
Este nuevo sistema de control de las viviendas de uso turístico y temporales parte de una normativa europea -Reglamento (UE) 2024/1028- que regula la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.
"Con esta medida, el Gobierno de España, y por extensión la Unión Europea, abordan el complejo escenario derivado de la situación de la vivienda estableciendo mecanismos de ordenación que frenen los casos de fraude y consoliden un mercado transparente; mecanismos que, en consecuencia, facilitarán que la ciudadanía pueda acceder a una vivienda digna", señala el Gobierno en un comunicado remitido a los medios de comunicación.

Manifestación por la vivienda digna el 29J de 2024. / Gregorio Marrero
La Junta de Andalucía, en contra
El pasado mayo, la Junta de Andalucía presentó un recurso contencioso administrativo contra la creación de este registro único al considerar que invade sus competencias, como hicieron también Cataluña y Canarias.
La Consejería de Turismo considera que el Gobierno se ha "excedido" en el cumplimiento de la normativa europea "extendiéndose en cuestiones que el citado reglamento no impone".
Andalucía reclamó entonces que las comunidades autónomas sean las "destinatarias de toda la información facilitada por los interesados y obrante en la ventanilla única digital", estableciendo los mecanismos de intercambio de datos adecuados para tal finalidad, sin que se exija la firma de un convenio adicional con los registros de la propiedad.
Además, pidió que las comunidades sean "las competentes para dictar las resoluciones administrativas por las que se ordene la eliminación o inhabilitación del acceso a anuncios vinculados a establecimientos no autorizados por aquellas", de manera que la ventanilla única digital actúe como "mero cauce de transmisión con las plataformas digitales".
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