Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Sentencia

Rebajan a ocho años la condena a un hombre por intentar matar a otro al que acusó de robarle

Se le condenó por un delito de asesinato en grado de tentativa y se le impuso a la pena de diez años de prisión y la medida de libertad vigilada de diez años

Fachada del TSJA, en Granada.

Fachada del TSJA, en Granada. / L. O.

Málaga

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de diez a ocho años de prisión la condena a un hombre por intentar asesinar a otro en Vélez-Málaga tras acusarle de haberle robado sus pertenencias que llevaba en un carrito. Así, se estima parcialmente el recurso de la defensa.

Los hechos sucedieron en enero de 2023. Según se declaró probado en la sentencia de Málaga, el procesado estaba en las inmediaciones de la vivienda que ocupaba en dicho municipio cuando vio pasar a la víctima con un carro de la compra "cargado con objetos que el procesado consideraba suyos", por lo que se acercó y se los reclamó.

El otro se negó a devolvérselo pues eran objetos que había cogido de la basura y ante esto el procesado "suavizó el tono de voz para dirigirse al hombre e, incluso, llegó a invitarle a entrar a su casa a fumar un cigarrillo", lo que declinó; momento en el que el acusado volvió a reclamarle agresivamente el carro, decía la resolución.

Como la víctima se negó de nuevo a entregárselo, el acusado le atacó sorpresiva y fulminantemente por la espalda con un objeto punzante con ánimo de acabar con su vida, asestándole hasta cuatro puñaladas", lo que provocó en el hombre heridas "que requirieron asistencia médica urgente y comprometían su vida".

Por estos hechos se le condenó por un delito de asesinato en grado de tentativa y se le impuso a la pena de diez años de prisión y la medida de libertad vigilada de diez años por la que se le prohibió aproximarse a la víctima o comunicarse con ella durante el mismo tiempo; además del pago de una indemnización de 12.264 euros por las lesiones causadas y las secuelas padecidas.

Pero, contra la sentencia la defensa recurrió ante el TSJA, que ahora mantiene el relato de hechos probados, aunque ha estimado uno de los puntos del recurso, en concreto en el que el letrado cuestionaba la extensión de la pena impuesta, que consideraba elevada.

La Sala de Málaga consideró adecuado diez años de cárcel y lo argumentó en la agresión y en haber dejado a la víctima tirada en el suelo. Pero el alto Tribunal andaluz considera que esto "no revela una mayor gravedad del delito cometido", ya que "cuando se tiene intención de matar a una persona, lo normal es no prestarle auxilio".

Por tanto, "dado que no se ha expresado por el tribunal de instancia ninguna otra circunstancia que haya de ser tenida en cuenta en la individualización de la pena a imponer, este tribunal considera proporcionada y ajustada a derecho la imposición de una pena de prisión próxima al mínimo, de ocho años", concluye.

Tracking Pixel Contents