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Urbanismo

La 'ITV' de los edificios antiguos: un millar de construcciones deben pasarla antes del 31 de enero de 2026

Las edificaciones protegidas siempre están obligadas a realizar la inspección, junto a aquellas que superen los 50 años de antigüedad

Una vista aérea de Málaga capital.

Una vista aérea de Málaga capital. / L. O.

Ana I. Montañez

Ana I. Montañez

Málaga

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es un análisis periódico al que deben someterse aquellos edificios y construcciones con un grado de protección o con una antigüedad de más de 50 años para determinar su estado de conservación y garantizar que sigue cumpliendo con todos los requisitos de seguridad.

En definitiva, es una suerte de 'ITV' de los edificios antiguos para la que cada año se desarrolla una campaña específica para las construcciones que deben pasar la primera revisión o la posterior, cuando se cumplen 10 años entre una y otra.

Para la campaña de 2025, la Gerencia de Urbanismo advierte de que el plazo máximo para presentar tanto el primer informe como el segundo -en caso de que la primera ITV se pasara en 2015-, es el 31 de enero de 2026.

En este sentido, Urbanismo concreta que los edificios que deberán presentar el primer informe son aquellos que se construyeron en 1974. En cuanto a aquellos obligados a presentar la renovación decenal, esto es, el "Segundo informe de ITE", son los edificios construidos en 1964, que tuvieron que presentar el primer informe en la campaña 2015.

Gerencia de Urbanismo de Málaga. | L.O

Gerencia de Urbanismo de Málaga. / L.O

Para conocer la antigüedad del edificio a efectos de la ITE, se puede consultar a través de la Sede Electrónica de Catastro así como en los propios listado que la Gerencia de Urbanismo ha publicado en su página web.

"La finalidad de la inspección y de sus posteriores renovaciones es realizar un chequeo de la estabilidad, seguridad, estanqueidad y habitabilidad o uso efectivo de los edificios cuya vida útil, debido a su antigüedad y paso del tiempo, se supone agotada", sostiene Urbanismo.

Un millar de edificios

En total, son en torno a un millar de edificios (902 construcciones) los que deberán someterse a este análisis sobre su estado de conservación, según el propio recuento de Urbanismo, que igualmente solicita que aquellos edificios que cumplan con los requerimientos para la ITE en esta campaña y no se vean reflejados en el listado, lo comuniquen a la gerencia.

Figuran edificios en Ortega y Gasset, Ingeniero de la Cierva, Doctor Mañas Bernabeu, Martínez Maldonado, Martínez de la Rosa, Eugenio Gross, Cristo de la Epidemia, Carlos Haya, Capuchinos, Ayala, Pintor Joaquín Sorolla, Salino, Villa Rosa... entre otras muchas direcciones.

Vistas de la calle Eugenio Gross.

Vistas de la calle Eugenio Gross. / Álex Zea

Por otro lado, hay excepciones que eximen a las construcciones de la obligación de presentar la ITE, por ejemplo, en caso de demolición, si son solares, en caso de nueva edificación o rehablitación integral del inmueble o si se han presentado alegaciones para no realizar el informe.

Deberán presentar la ITE tanto los propietarios o titulares legítimos (personas físicas o jurídicas) así como las comunidades de propietarios en caso de edificios constituidos por locales y viviendas en régimen de división horizontal.

¿Qué pasa si es desfavorable?

En cuanto a los profesionales competentes para realizar este informe, se incluyen tanto los arquitectos como los ingenieros de edificación, los arquitectos técnicos o aparejadores en todos los casos. También puede encargarse a los ingenieros o ingenieros técnicos.

En caso de que el resultado de la ITE fuese desfavorable, el propietario deberá acometer las obras indicadas en el informe. Siguiendo las directrices de Urbanimos, para ello tienen que solicitar licencia de obra en el plazo máximo de tres meses a contar desde la presentación del informe de ITE.

Multas de hasta 4.000 euros

Si el edificio del que se es propietario cumple con los requisitos que exigen pasar la ITE, es obligatorio cumplir con este trámite, orientado a garantizar la seguridad de la infraestructura. En caso de no cumplir, se abre expediente sancionador con imposición de multa de 4.000 euros para los edificios protegidos y de 3.000 euros para el resto de los edificios. Si se subsana de forma voluntaria, la sanción no desaparece pero sí se reducen a 1.000 euros y 600 euros respectivamente.

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