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Movilidad

El Ayuntamiento de Málaga defiende que no puede multar a coches extranjeros en la ZBE por un “vacío legal europeo”

El Consistorio sale al paso de las denuncias de Con Málaga y Vox y asegura que perseguir infracciones fuera de España es una “quimera legal” y apunta a que la nueva directiva europea permitirá sancionar restricciones de acceso a partir de 2027

El Ayuntamiento defiende la legalidad de sus actuaciones en el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones.

El Ayuntamiento defiende la legalidad de sus actuaciones en el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones. / Gregorio Marrero

Ignacio A. Castillo

Ignacio A. Castillo

Málaga

El Ayuntamiento de Málaga se defiende de las críticas de los grupos municipales de Con Málaga y Vox sobre la falta de sanciones a vehículos con matrícula extranjera en la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y ha asegurado que actúa “bajo el estricto cumplimiento del principio de legalidad”. El Consistorio sostiene que, en el marco actual, perseguir este tipo de infracciones fuera de las fronteras españolas es una “quimera legal” debido al vacío normativo europeo.

Fuentes municipales insisten en que no existe laxitud, sino límites legales derivados de la normativa comunitaria vigente: “Es necesario aportar rigor jurídico para entender que el Ayuntamiento de Málaga no actúa con laxitud, sino bajo el estricto cumplimiento del principio de legalidad”, señalan. Y añaden: “El actual vacío normativo europeo hace que, hoy por hoy, perseguir estas infracciones fuera de nuestras fronteras sea una quimera legal”.

Por qué Málaga dice que no puede identificar automáticamente a un titular extranjero por entrar en la ZBE

El Ayuntamiento explica que el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en la Unión Europea se rige actualmente por la Directiva (UE) 2015/413, una norma que funciona como un “catálogo cerrado” (numerus clausus). Esto significa que los Estados miembros solo están obligados a facilitar los datos de sus ciudadanos cuando cometen ocho infracciones específicas.

Entre esas ocho infracciones figuran:

  • Exceso de velocidad
  • No utilizar el cinturón de seguridad
  • No detenerse ante un semáforo en rojo
  • Conducción en estado de embriaguez
  • Conducción bajo los efectos de drogas
  • No utilizar casco de protección
  • Circulación por un carril prohibido
  • Uso ilegal del teléfono móvil al volante

El Consistorio, en una nota difundida por Europa Press, subraya que las restricciones de acceso a la ZBE no están incluidas en este listado, por lo que no existe base legal para que Málaga pueda acceder automáticamente a los datos del titular extranjero por este motivo.

Sostiene, del mismo modo, que intentar multar a vehículos extranjeros por entrar en la ZBE sin ese marco jurídico supondría un riesgo legal evidente: podría derivar en una nulidad de pleno derecho y en una posible vulneración de las normas de protección de datos, al no existir un respaldo normativo para obtener la información del titular del vehículo en otro país.

La Directiva (UE) 2024/3237 incluirá las restricciones de acceso y cambiará el escenario

El Ayuntamiento afirma que el panorama “cambiará radicalmente” con la nueva Directiva (UE) 2024/3237, aprobada el 19 de diciembre de 2024, que modifica la directiva anterior y amplía el catálogo de infracciones sujetos a intercambio transfronterizo. La nueva norma reconoce que el sistema anterior era insuficiente y amplía el listado hasta 18 infracciones, incluyendo de forma específica el incumplimiento de restricciones de acceso, lo que abre la puerta a sancionar también infracciones relacionadas con ZBE.

Según el Ayuntamiento, cuando esta directiva sea transpuesta al ordenamiento jurídico español, se podrán identificar infractores no solo de las ocho infracciones anteriores, sino también de otras diez categorías añadidas, entre ellas:

  • Incumplimiento de restricciones de acceso (como ZBE)
  • Estacionamiento peligroso o en lugares prohibidos
  • Cruce de línea continua
  • Circular en sentido contrario
  • Uso indebido de carriles de emergencia
  • Vehículo con exceso de carga
  • Casos de “atropello y fuga”
  • Uso de carriles reservados (BUS-VAO, etc.)

El Consistorio recuerda que el plazo máximo para la transposición de la Directiva (UE) 2024/3237 en los Estados miembros llega hasta julio de 2027. Hasta entonces, señala, las ZBE son “inexistentes” para el cobro transfronterizo dentro del marco comunitario actual.

Lejos de la inacción, el Ayuntamiento sostiene que mantiene contactos con autoridades y organismos de tráfico para adaptar sus sistemas tecnológicos de control de la ZBE a los requisitos de la nueva directiva. El objetivo, según explican, es que la ciudad disponga de la infraestructura técnica necesaria en el mismo instante en que la norma europea sea incorporada a la legislación española, para aplicarla desde el primer día.

Críticas de la oposición

Los grupos municipales de Con Málaga y de Vox han denunciado este viernes que el Ayuntamiento de Málaga no sanciona a los vehículos con matrículas foráneas que acceden a estas áreas de circulación restringida ni tampoco a través de radares municipales o semáforos radares foto-rojo. Así lo recoge la respuesta del Área de Movilidad a las preguntas y escritos registrados por la coalición de izquierdas, en la que se confirma que estos dispositivos captan imágenes y registran los accesos, pero no tramitan multas a coches extranjeros. Es decir, que la Zona de Bajas Emisiones sanciona a conductores de la provincia, pero no a matrículas foráneas, pese a operar con más de 90 cámaras. Aseguran que estos dispositivos registran imágenes pero no sancionan a los vehículos foráneos y acusan al Ayuntamiento de aplicar una “doble vara de medir” y de aplicar una política “discriminatoria, recaudatoria y jurídicamente insegura”.

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