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El TSJA confirma 20 años de cárcel para un hombre por abusar de cuatro de sus sobrinas
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestima el recurso de la defensa del acusado, que alegaba que los hechos eran aislados, y considera que los abusos a las menores fueron reiterados durante varios años

Sede del TSJA en Granada. / EP
EP
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de la Audiencia de Málaga de 20 años de prisión para un hombre por abusar de cuatro sobrinas, de cinco, ocho, once y 14 años, durante las temporadas estivales, cuando jugaba con ellas, sobre todo en una piscina de una vivienda.
Este tribunal desestima el recurso de la defensa del acusado contra la sentencia de la Sección Primera de Málaga, que condenó a este hombre por cuatro delitos continuados de abusos sexuales a menor de 13 años y solo precisa que los hechos se produjeron en distintos momentos, según la víctima, comenzando en 2004.
Según se declara probado en la sentencia de Málaga, y ahora confirma el TSJA, los hechos sucedían en las temporadas de verano, cuando el acusado, "con la intención de menoscabar la libertad e integridad sexual de las menores", llevó a cabo distintas conductas delictivas con estas familiares. En este sentido, según señalaba la resolución, a una de las sobrinas, de unos once años en ese momento, le realizaba tocamientos estando dentro de la piscina, "a modo de juego", haciéndolo en varias ocasiones durante el verano.
En el caso de otra sobrina, hermana mayor de la anterior, con unos 14 años, los abusos eran en el dormitorio que el acusado tenía en la casa de su madre, con la excusa de mostrarle una colección de mecheros; unos episodios que "se repitieron muchas veces", dice la Sala de Málaga.
Asimismo, a la prima de su sobrina, que tenía en ese momento ocho años, cuando acudía a reuniones familiares en casa de su tía, también en la piscina, le realizaba tocamientos. Y a una sobrina de cinco años, el acusado "la sentaba sobre sus piernas" para realizar ese tipo de hechos y también una vez en la piscina.
El acusado dijo que "simplemente jugaba con ellas, tirándolas a la piscina", pero el TSJA cree que esta tesis de defensa podría aceptarse si se hubiese tratado "de algún acto esporádico o aislado", pero "resulta inasumible cuando, como aquí, eran actos reiterados, incluso a lo largo de varios años, cometidos contra cuatro menores".
Además, considera "comprensible" que las denunciantes "no fueran capaces de concretar las fechas exactas en que se produjeron todos y cada uno de los episodios de abuso sufridos, dada la edad que tenían cuando se produjeron, el tiempo transcurrido cuando los sacaron a la luz, la frecuencia con que ocurrían y similitud entre ellos". "No puede exigirse a los menores que se ven inmersos en una dinámica de violencia sexual continuada que asuman la carga de ir registrando cada episodio sufrido para, llegado el caso, blindar la credibilidad de su testimonio y evitar que se dude de su sinceridad", asegura el TSJA.
Así, explica que "en los casos de abusos sexuales infantiles cometidos en el ámbito intrafamiliar es frecuente y esperable que las víctimas mantengan silencio durante largos periodos de tiempo", por lo que añade que "el retraso en la revelación y el mantenimiento del silencio no deban interpretarse como signos de mendacidad". Por último, el alto Tribunal andaluz tampoco considera que hayan prescrito los delitos, como alegó la defensa, por lo que rechaza por completo el recurso y confirma la sentencia de la Audiencia malagueña.
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