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Agencia Tributaria

Novedades clave en la Renta 2025, según el Colegio de Gestores de Málaga: nuevas deducciones para hijos, alquiler y más

El Colegio de Gestores Administrativos de Málaga informa a los contribuyentes sobre los principales cambios y deducciones de la campaña, cuyo plazo de presentación arranca el 8 de abril

Una oficina de la Agencia Tributaria, cuya campaña de Renta 2025 arrancará en abril.

Una oficina de la Agencia Tributaria, cuya campaña de Renta 2025 arrancará en abril. / E.P.

José Vicente Rodríguez

José Vicente Rodríguez

El Colegio de Gestores Administrativos de Málaga informa a los contribuyentes sobre los principales cambios y deducciones que deberán tener en cuenta en la Declaración de la Renta 2025, cuyo plazo de presentación de solicitudes a través de la web de la Agencia Tributaria arranca este próximo 8 de abril.

El Colegio recuerda la importancia de contar con el asesoramiento de un gestor colegiado para realizar correctamente este trámite y aprovechar todas las deducciones disponibles, especialmente aquellas que dependen de la normativa autonómica, que incluyen este año, en el caso de Andalucía, algunas novedades como las deducciones por actividades deportivas (por ejemplo, gimnasios), celiaquía o gastos veterinarios en mascotas.

"Muchos contribuyentes desconocen deducciones a las que tienen derecho. Contar con un gestor administrativo colegiado permite evitar errores y, en muchos casos, pagar menos impuestos dentro de la legalidad", ha explicado este miércoles el presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Málaga, Daniel Quijada.

Algunas novedades generales de la Renta 2025

-Una nueva deducción para trabajadores con rentas bajas: se introduce una nueva deducción de hasta 340 euros para contribuyentes con rendimientos del trabajo iguales o inferiores a 18.276 euros, siempre que no dispongan de otras rentas significativas.

-Contribuyentes que no están obligados a declarar: los contribuyentes cuyos ingresos totales no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) -establecido el año pasado en 16.576 euros- no estarán obligados a presentar la declaración de la renta.

-Prestaciones por desempleo: los perceptores de prestaciones por desempleo ya no estarán obligados a presentar la declaración únicamente por recibir esta prestación, salvo que superen los límites generales de ingresos establecidos.

-Mayor tributación de las rentas del ahorro: el tipo máximo aplicable a la base del ahorro se incrementa del 28 % al 30 % para las rentas superiores a 300.000 euros.

-Límites generales para estar obligado a declarar: se mantienen los umbrales habituales: 22.000 euros de rendimientos del trabajo si proceden de un solo pagador; 15.876 euros si existen varios pagadores y el segundo supera los 1.500 euros.

-Pago de la declaración mediante Bizum: se mantiene la posibilidad de abonar la declaración mediante Bizum cuando el resultado sea a ingresar, además de los métodos de pago tradicionales.

Deducciones prorrogadas

Se prorrogan varias deducciones que ya estaban vigentes en ejercicios anteriores:

-Vehículos eléctricos y puntos de recarga: se mantiene la deducción del 15 % por la adquisición de vehículos eléctricos y por la instalación de puntos de recarga, aplicable también en el ejercicio 2025.

-Eficiencia energética en viviendas: continúa la deducción por obras destinadas a mejorar la eficiencia energética, con porcentajes que pueden oscilar entre el 40 % y el 60 % según el tipo de actuación.

El presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Málaga, Daniel Quijada.

El presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Málaga, Daniel Quijada. / L. O.

Deducciones autonómicas en Andalucía

El Colegio de Gestores Administrativos de Málaga recuerda que los contribuyentes andaluces pueden beneficiarse de varias deducciones autonómicas que conviene revisar antes de presentar la declaración.

-Deducción por nacimiento, adopción o acogimiento: se establece una deducción de 200 euros por hijo, sin límite de renta. Esta deducción se aplica a los nacimientos, adopciones o acogimientos producidos a partir del 1 de enero de 2025.

-Deducción por alquiler de vivienda habitual: la comunidad autónoma amplía las deducciones por alquiler. Hasta 1.200 euros anuales para contribuyentes menores de 35 años o mayores de 65 con ingresos limitados; y hasta 1.500 euros para personas con discapacidad. Esta medida entra en vigor el 1 de enero de 2026 y se aplicará en la declaración correspondiente al ejercicio 2025.

-Deducción por actividades deportivas: los contribuyentes podrán deducirse hasta 100 euros (el 15 % de las cuotas) por gastos en gimnasios, centros deportivos o actividades federadas.

-Deducción por gastos veterinarios: se establece una deducción de hasta 100 euros por gastos veterinarios de animales de compañía.

-Deducción por celiaquía: se incorpora una nueva deducción de 100 euros para contribuyentes o familiares convivientes que padezcan celiaquía.

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