Limpieza
Declaran el sobreseimiento provisional de la querella de Teresa Porras contra un vecino de Huelin
El juzgado de instrucción ampara en la libertad de expresión las críticas de Nacho Romera en la red social X a la concejala por falta de limpieza en el barrio y criticar un supuesto "trato de favor", y desestima que exista un delito de calumnia

La concejala de Servicios Operativos, Teresa Porras. / La Opinión
La Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Málaga, número 12, ha dictado el sobreseimiento provisional de la querella interpuesta por la concejala de Servicios Operativos, Teresa Porras, contra el vecino y activista de Huelin Nacho Romera.
La resolución, contra la que cabe interponer recurso de reforma o de apelación, tiene como origen la publicación el 27 de agosto de 2025, en la cuenta de Nacho Romera en X, de un vídeo en el que el denunciado criticaba los "tratos de favor que reciben las zonas donde viven los concejales" del equipo de gobierno, en relación con la limpieza. En este sentido, indicaba en el vídeo que la calle y el portal de Teresa Porras se baldeaban "con frecuencia", al tiempo que se preguntaba: "¿Tráfico de influencias Sra. Porras?".
A esta publicación le siguieron los dos días siguientes sendos tuits, en el último de los cuales indicaba: "Quiero que Málaga se limpie como el portal de la Porras".

Nacho Romera (izquierda) y el presidente vecinal Francisco Moya, el pasado enero. en las obras de renaturalización de Huelin / A.V.
Motivo de la querella
La concejala Teresa Porras presentó una querella por considerar que los hechos pudieran ser constitutivos de un presunto delito sobre la intimidad de las personas, por entender que en el vídeo podía identificarse con claridad su domicilio familiar; así como un delito de calumnias por publicidad, pues los vídeos fueron reenviados por diversos medios de comunicación y cuentas de terceros.
Por su parte Nacho Romera, que fue defendido por el abogado Francisco Granados, negó que el vídeo hiciera constar el nombre de la calle ni ofrecer "una panorámica de la calle", y también recalcó que al referirse a 'tráfico de influencias', lo hizo "a modo de pregunta", recoge la resolución.
Intimidad personal y familiar vs libertad de expresión
El tribunal, al examinar estos hechos, que ponen en relación dos derechos fundamentales como el de la intimidad personal y familiar y el derecho a la libertad de expresión, cita jurisprudencia nacional y europea para recalcar el amplio cauce de la libertad de expresión, "más amplios" cuando "concierne a la actuación de representantes públicos"; sin perjuicio de las acciones que quiera emprender en la jurisdicción civil, señala.
Además, también desestima que exista delito de calumnia, al exigirse "una imputación directa a una persona de un hecho delictivo de manera inequívoca y concreta".
Suscríbete para seguir leyendo
- La capa de la UMA aplicada sobre el pavimento pone fin a los resbalones y permite retirar la cera en tiempo récord
- Málaga tendrá este verano un vuelo directo a la ciudad más romántica de Europa
- Casas 'lego', una alternativa de vivienda que ya tiene éxito en Málaga
- Una vecina desahuciada por el IMV iniciará una acampada indefinida delante del Ayuntamiento de Málaga
- El metro de Málaga avanza en su prolongación al futuro Hospital Virgen de la Esperanza: obras en calle Hilera
- Buenísimo y con precios muy malagueños': así es la nueva marisquería que ha abierto junto a la calle Larios con los platos más frescos
- La antigua venta de Málaga con 500 años de historia y los mejores platos tradicionales en la que estuvo Cervantes: 'Cuidan cada detalle
- Málaga escapa a las cancelaciones de vuelos por ahorro de queroseno
