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MULTAS

La DGT avisa a los conductores malagueños: este movimiento solo se puede hacer al aparcar o conllevará multas de 500 euros y la pérdida de 4 puntos

Esta maniobra está totalmente prohibida en autopistas y autovías, donde hacerla se considera una infracción de extrema gravedad

Tráfico en una carretera de Málaga

Tráfico en una carretera de Málaga / L.O.

Sarai Bausán García

Sarai Bausán García

Hasta 500 euros de multa y la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir. Estas son las sanciones a las que se enfrentan los conductores malagueños, y de todo el país, si realizan una maniobra solo aceptada durante el aparcamiento y que, de realizarla, está considerada una infracción de extrema gravedad.

Así lo establece el Reglamento General de Circulación, que asegura que los conductores tienen terminantemente prohibido circular marcha atrás, salvo cuando realicen esta maniobra durante un estacionamiento y lo hagan con la debida señalización y precaución.

Cuándo sí está permitida esta maniobra en las carreteras de Málaga

Además, el trayecto realizado marcha atrás no puede ser superior a los 15 metros de distancia ni puede invadir un cruce de vías.

Control de tráfico en Málaga.

Control de tráfico en Málaga. / Ana I. Montañez

"Se prohíbe circular hacia atrás, salvo en los casos en que no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha, y en las maniobras complementarias de otra que la exija, y siempre con el recorrido mínimo indispensable para efectuarla", señala el Reglamento General de Circulación.

Cómo debe hacerse la maniobra para evitar riesgos

De ese modo, establece que la maniobra marcha atrás deberá efectuarse "lentamente, después de haberlo advertido con las señales preceptivas".

Además, el conductor debe haberse cerciorado, "incluso apeándose o siguiendo las indicaciones de otra persona si fuera necesario" de que no hay peligro para los demás usuarios de la vía.

La DGT obliga a desistir si existe cualquier peligro

Por ello, la normativa y la propia Dirección General de Tráfico (DGT) explican a los conductores que solo podrán hacer esta maniobra durante el aparcamiento o cuando no haya otro modo de abandonar la vía, pero siempre con la máxima precaución y deteniendo el vehículo "con toda rapidez" si escuchan cualquier aviso, indicación o posible peligro.

En cambio, el reglamento establece que esta maniobra no se puede realizar bajo ningún concepto en autovías y autopistas, donde está terminantemente prohibido y está considerado una infracción muy grave.

En autopistas y autovías la sanción es mucho mayor

"Las infracciones a las normas de este precepto, cuando constituyan un supuesto de circulación en sentido contrario al estipulado, tendrá la consideración de muy graves", ha recalcado.

De ese modo, las sanciones dispuestas para esta maniobra de marcha atrás varía en función de la peligrosidad de la actuación.

En los casos en los que se considere una infracción leve, la multa será de 100 euros, mientras que, en los graves, los conductores tendrán que hacer frente a una sanción de 200 euros y la retirada de 4 puntos del carnet.

MLG. 08/04/2009Operacion Salida. Trafico Malaga / Tráfico. Autovías. Operación Salida Semana Santa

MLG. 08/04/2009Operacion Salida. Trafico Malaga / Tráfico. Autovías. Operación Salida Semana Santa / GREGORIO TORRES

En las situaciones de extrema peligrosidad, como realizar esta marcha atrás en autopistas o autovías, la infracción se considera muy grave y asciende a 500 euros y la retirada de 4 puntos del carnet.

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