Tribunales

Sentencia contra Al-Thani, que tendrá que ceder a BlueBay parte de las acciones del Málaga CF

La Audiencia Provincial también reconoce que la gestión de Al-Thani ha causado un "perjuicio patrimonial evidente a los demandantes" - Al-Thani tendrá que ceder a la cadena hotelera parte del accionariado de la sociedad Nas Spain 2000, legítima propietaria del 97% del club

Al-Thani, en los juzgados de Málaga.

Al-Thani, en los juzgados de Málaga.

Emilio Fernández

Emilio Fernández

La Audiencia Provincial de Málaga ha desestimado el recurso de apelación presentado por el que fuera presidente y accionista mayoritario del Málaga, el jeque catarí Abdullah Al Thani, contra la sentencia del 5 de junio de 2019 que otorgaba a la empresa BlueBay el 49 por ciento del capital del club en poder de la sociedad Nas Spain 2000.

El auto indica que se acuerda «desestimar los recursos de apelación interpuestos» en el Juzgado de Primera Instancia número 12 de Málaga por Nas Football, Nasir Bin Abdullah Al Thani, Nas Spain y Nasir Bin Abdullah&Sons. De esta manera, la empresa Nas Spain 2000 SL recuperara la propiedad de casi el 97 por ciento de las acciones del club, estando esa sociedad participada conjuntamente por el Grupo Al Thani y BlueBay.

Añade que la Audiencia debe «confirmar íntegramente dicha resolución» con imposición a las partes recurrentes «de las costas causadas en esta alzada», por lo que Al Thani deberá hacerse cargo de esos costes económicos del recurso.

Este reparto de acciones supone que BlueBay y los pequeños accionistas del Málaga CF, con el 3% de las acciones, tendrían mayoría frente a Al-Thani, una vez que se ejecute la sentencia.

Este pleito se remonta a 2013, cuando Al Thani cedió a BlueBay el 49 por ciento de las acciones del club por la cantidad simbólica de un euro, con lo que la cadena hotelera se hacía cargo de la gestión de la entidad.

Esas acciones, y otro 51 por ciento de títulos del Málaga en poder de Al Thani, se cedieron a la sociedad Nas Spain 2000 hasta que en 2014 el jeque catarí las retiró y con ello se inició un proceso judicial que tuvo sentencia favorable para BlueBay y también en su posterior recurso.

20 días para recurrir

De esta forma se empieza a clarificar el futuro del club, después de que la sentencia de 2019 fuera recurrida por Al-Thani, quedando en suspenso cualquier decisión sobre su propiedad y en manos de un administrador judicial que ha llevado las riendas del Málaga durante dos años, equilibrando las maltrechas cuentas del equipo.

No obstante, conforme al art. 466.1, contra las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales en la segunda instancia de cualquier tipo de proceso civil podrán las partes legitimadas optar por interponer el recurso extraordinario por infracción procesal o el recurso de casación, por lo que el jeque tiene ahora 20 días para volver a recurrir, aunque judicialmente se le pone muy cuesta arriba ya lograr la razón legal en este litigio frente a la cadena hotelera.

La sentencia tampoco acepta algunas de las peticiones de Al-Thani, como la ilegitimidad de Shatat o la falsificación de la firmar del que fuese presidente catarí. La sala reconoce además que «ha habido abuso de la personalidad jurídica de las sociedades en fraude o perjuicio de tercero, pues el Sr. Al-Thani se ha valido de ellas para incumplir el acuerdo de intenciones y los compromisos posteriores asumidos para llevarlo a la práctica, y es, precisamente, ese uso espurio de la personalidad jurídica de sus sociedades instrumentales el que se rechaza en la sentencia y en esta alzada. Volver a escudarse como argumento para sostener este motivo en la validez del Acuerdo de Revocación de noviembre de 2013 como argumento impugnatorio es una línea de defensa ya rechazada en el apartado 4.1.2», como detalla en la sentencia.

La Audiencia Provincial también reconoce que la gestión de Al-Thani ha causado un «perjuicio patrimonial evidente a los demandantes, pues se ha privado de las acciones en litigio a Nas Spain 2000 y a la demandante Management Empresarial Málaga SL como copartícipe en ella y al Sr. S. como accionista de esta última por medio de la sociedad instrumental con la que concurrió a su constitución. Negar, además, que la actuación fraudulenta se exteriorizó por el conocimiento del perjuicio que se causaba a estos últimos, alegando que dicho perjuicio ya se había producido por el Acuerdo de Revocación tantas veces invocado es reiterar una concepción compartimentada del proceder del Sr. AL T. y de sus sociedades instrumentales que hemos rechazado en apartados precedentes».

Para concluir, los magistrados confirman el plan que intentó realizar Al-Thani a espaldas de Jamal Satli: «En efecto, la maquinación para privar a los legítimos dueños de las acciones se «perfeccionaba» con su venta a terceros, pues añadía una dificultad jurídica más en su hipotética recuperación, como lo demuestra la panoplia de argumentos jurídicos esgrimidos por el comprador y que han tenido que ser resueltos en este recurso».

Al Thani y su familia, tras la querella criminal presentada contra ellos por la Asociación de Pequeños Accionistas (APA) del Málaga por administración desleal, tiene abierto otro proceso en el Juzgado de Instrucción número 14 de Málaga, pleito que desembocó en que el club fuera embargado judicialmente el 20 de febrero 2020.