El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Marbella ha paralizado una ejecución hipotecaria solicitada por el Banco Popular y ha sobreseído la causa por existir en la hipoteca concedida a un vecino de la ciudad «múltiples cláusulas abusivas, entre ellas la multidivisa», siendo la primera sentencia que se dicta en Andalucía por este tipo de cláusula, según destacó el letrado del caso, Horacio de León-Sotelo.

El experto señaló que en España hay alrededor de 70.000 personas con este tipo de hipoteca, que se ofreció en los años 2006 y 2007, en la cual «te pasaban los euros a yenes japoneses o a francos suizos», lo que implicaba «pagar menos interés pero el euro en aquella época estaba muy alto con respecto al yen y el banco no lo contaba». Así, señaló que su cliente pasó de deber 55.000 euros a 10 millones de yenes japoneses y tras estar pagando durante ocho años una cuota mensual de 300 euros, hoy en día debe al banco 58.000.

Ello se debe al precio del dinero, que con el paso de los años ha variado y «ahora, el yen con respecto al euro ha subido entre un 20 y un 30%», un aspecto que no se detalló en la escritura, dijo.

«Mi cliente ha ido pagando cuotas pero no se ha deducido nada porque el yen subía respecto al euro. Los bancos ocultaron información, no dijeron que en ese momento era muy bueno, pero que en unos meses el euro con respecto al yen se iba a depreciar y se iba a deber el doble al banco».

Según el auto del Juzgado, al que ha tenido acceso este periódico, la redacción de la cláusula multidivisa no es clara ni comprensible, motivo por la que no es aplicable, y apesar de indicarse en la escritura del préstamo «que la sustitución de la divisa nunca determina el aumento del capital, ello tiene como excepción precisamente la variación de la cotización de la divisa», un riesgo que asume le cliente, señala el auto.

Por ello, el Juzgado considera que la redacción induce a error, ya que «al riesgo de variación del tipo de interés se añade el riesgo de fluctuación de la moneda». Asimismo, en el auto, contra el que puede interponerse recurso de apelación, se declara la nulidad de otras cláusulas abusivas como la suelo, de vencimiento anticipado o el interés de demora.

Según Horacio De León, el fallo abre la puerta a «familias que están en proceso de ejecución de su hipoteca y el correspondiente desahucio, si tienen contratado este tipo de productos», y que ahora tienen la posibilidad de que le devuelvan todo lo pagado de una sola vez».