El Grupo Marinas del Mediterráneo, que compitió con la Unión Temporal de Empresas (UTE) que formaron Abdullah Al-Thani y el Ayuntamiento de Marbella por hacerse con el proyecto para ampliar y gestionar el puerto de La Bajadilla, confía en que la Junta de Andalucía le conceda la obra después de que el Tribunal Supremo no haya admitido a trámite Junta de Andalucíael recurso que interpuso el jeque catarí contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de inadmitir a trámite el recurso de la sentencia que anuló la adjudicación.

«Marinas del Mediterráneo queda a la espera de que la Junta comunique la resolución de la adjudicación a favor de la otra empresa que se presentó a concurso», señalaron a La Opinión de Málaga fuentes de la sociedad, que concurrió en una UTE junto con otras dos firmas.

Las fuentes de la empresa que gestiona los puertos deportivos de Estepona y La Duquesa, en Manilva, destacan que la sentencia del Supremo retrotrae el concurso al momento de la mesa de adjudicación, a la que sólo se presentaron dos licitadores.

Licitación «inmediata»

Por su parte, la alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz, pidió ayer a la Junta que licite la concesión del proyecto de ampliación del puerto de La Bajadilla «de manera inmediata». A preguntas de los periodistas, la regidora destacó que el Supremo ha ratificado la sentencia en la que el TSJA anuló la mesa de contratación en la que la UTE formada por la empresa Nas Marbella, del jeque catarí Abdullah Al-Thani, y el Ayuntamiento obtuvieron el proyecto para transformar el muelle.

Tras la decisión del Supremo, «no hay otro paso más que, en el menor plazo posible, la Junta dé una salida a un nuevo proyecto» que permita transformar el puerto, señaló la regidora.

Asimismo, la alcaldesa de Marbella subrayó que la ampliación del puerto supondría una «reactivación económica» de la zona.

El TSJA anuló en noviembre de 2017 la licitación, realizada en 2011, del contrato para la ampliación del puerto a la UTE formada por Nas Marbella y el Ayuntamiento. La sentencia anuló la decisión de la mesa de contratación respecto a la admisión de los licitadores y todos los actos posteriores.

La sentencia señalaba que la sociedad encabezada por Al-Thani incumplía los requisitos establecidos en el concurso en cuanto a acreditar la solvencia técnica y económica requerida puesto que no tenía un mínimo de facturación los tres años anteriores, al ser una entidad nueva. La sociedad del jeque catarí tampoco tenía experiencia en la gestión de puertos deportivos.