La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TJSA) en Málaga ha emitido una sentencia en la que anula el acuerdo de 29 de septiembre de 2017 por el que el pleno del Ayuntamiento de Marbella aprobó el texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana de 1986 al entender el tribunal que «no es conforme a derecho». Se trata del texto refundido que aprobaron los grupos municipales de PP y OSP apenas un mes después de firmar la moción de censura que desbancó de la alcaldía al socialista José Bernal en beneficio de la popular Ángeles Muñoz. El PSOE se abstuvo y Podemos e IU, entonces con representación municipal, votaron en contra.

La resolución, de seis páginas y a la que ha tenido acceso La Opinión de Málaga, estima un recurso contencioso-administrativo que presentó la entonces edil de Podemos Victoria Mendiola, al considerar que la aprobación del acuerdo de septiembre constituía una «modificación irregular» del acuerdo por el que PSOE, IU, Podemos y OSP aprobaron en pleno el 28 de abril de 2017 de forma definitiva el texto refundido del PGOU.

En la sentencia del TSJA se explica que, en el recurso, la edil entendía que el acuerdo aprobado en septiembre incorporaba nuevas previsiones, como la supresión del trámite de información pública para poner en conocimiento de la ciudadanía una alteración que se había introducido en la grafía del PGOU y que afectaba a la definición de la linde del término municipal.

La representación legal del Ayuntamiento, por su parte, sostenía que no se incorporaba ningún elemento innovador, sino que «sólo se ha procedido a la reconstrucción de una grafía desaparecida pero que se corresponde con una legalidad ya existente». «La realidad es la misma, pero por ausencia de los documentos preexistentes se ha procedido a su reelaboración en base a informaciones adicionales obrantes a disposición de la municipalidad», apuntó.

En la sentencia, la Sala entiende que la sustitución del acuerdo de 28 de abril y que expresamente se deja sin efecto por el del 29 de septiembre «no se acomoda a ningún procedimiento legal por lo que el acuerdo impugnado debe ser íntegramente anulado».

Contra la sentencia cabe recurso de casación en el plazo de 30 días desde su notificación.

La edil del PSOE y exdelegada de Urbanismo, Isabel Pérez, pidió ayer al equipo de gobierno «que se tome en serio de una vez por todas el urbanismo». «Advertimos en el pleno de septiembre de 2017 que anular el texto refundido aprobado en abril de 2017 por nosotros no era el camino para corregir errores. Ahora lo dice además una sentencia. Una vez más queda patente que los pasos que el PSOE dio en Urbanismo eran los correctos», agregó.

El equipo de gobierno declinó valorar la sentencia del TSJA.