HISTORIA DE MARBELLA

Una ordenanza de Manuel Zurita

En 1839, el entonces alcalde, don Manuel Zurita Rodríguez, dictó una ordenanza para garantizar el orden público

Iglesia de la Encarnación de Marbella

Iglesia de la Encarnación de Marbella / L.O

Francisco Moyano

En el año 1839 era primer alcalde de la ciudad de Marbella y presidente de su Ayuntamiento don Manuel Zurita Rodríguez, capitán del arma de Caballería retirado, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, que había sido constituida en noviembre de 1814 por el rey Fernando VII, como recompensa a los militares que habían destacado durante la guerra de la Independencia.

El caballero Zurita contaba, según hacía constar en su documentación burocrática, con "otras varias cruces de distinción".

En el mes de marzo de aquel año manifestó que se encontraba muy satisfecho de la honradez y religiosidad del vecindario de la ciudad de Marbella. A pesar de ello no descartaba que algunos de aquellos ciudadanos, "excediéndose en la bebida", pudiesen incurrir en circunstanciales comportamientos que derivasen en una alteración de la tranquilidad pública.

Ante la duda, con intención de prevenirlo, dictó una ordenanza precisa. Aprovechaba la ocasión para recomendar la limpieza y aseos de las calles. En la disposición se recogían indicaciones sobre diferentes aspectos: todos los vecinos deberían barrer y encalar las fachadas delanteras de sus respectivas viviendas, principalmente en aquellas calles por las que iban a pasar las procesiones de la inminente Semana Santa.

Esta función de adecentamiento de las fachadas y barrido de las calles sería recurrente durante todo el siglo XIX y el XX, tarea que fundamentalmente desarrollaban las mujeres.

El alcalde Zurita daba órdenes igualmente para los nazarenos que participasen en las salidas procesionales. Acudirían con la modestia debida, descubriendo el rostro al entrar en las iglesias, cuando pasasen por delante de las autoridades del municipio y ante el requerimiento para ello efectuado por los comandantes de las patrullas establecidas con la finalidad de conservar el orden público.

Especial mención se establecía para las tabernas, puestos públicos de diversa índole y casas de juego. Todos estos establecimientos tenían que permanecer cerrados durante los días de Jueves y Viernes Santos, advirtiéndose las sanciones que acarrearía para los propietarios de los locales el incumplimiento de lo estipulado.

Los padres de familia "procurarán contener a sus hijos, inculcándoles la modestia con que en días tan santos deberán estar en el templo". Los niños tampoco podían jugar en sitios públicos, haciéndose notar que los alborotadores serían arrestados y los padres multados con dos ducados la primera vez que incurrieran en falta.

Aquel ciudadano que auxiliase a cualquier vecino alborotador sería castigado con nueve días de arresto. También se refería a los vestidos de mojigangas, que se autorizaba a duras penas, pero con estricto control por lo que de irrespetuoso podían tener.

Es larga la tradición de prohibiciones o censura más o menos rigurosa de expresiones populares, principalmente cuando, mediante máscaras u otros procedimientos, se ocultaba el rostro.

Esta disposición del alcalde Zurita Rodríguez fue remitida al jefe supremo político de la provincia, antecedente de lo que posteriormente sería el gobernador civil.

A pesar de los periodos anticlericales y etapas desamortizadoras, como la de Mendizábal, las expresiones religiosas cofrades coincidiendo con la Semana Santa permanecen a pesar de las dificultades. En Marbella, parece ser, que tras las revueltas anticlericales de 1835-1836, hay unos años de crisis, pero hacia 1845, se produce un renacimiento de la religiosidad.

Deciden elaborar un Sepulcro nuevo, costear un manto a la talla de Nuestra Señora de la Soledad y "reorganizar la hermandad de Jesús que se encuentra en un estado deplorable". Las aportaciones del vecindario no cubrían el coste total, así que requieren la colaboración del Ayuntamiento que presidía Francisco de Asís Roldán. Sustentándose en el posible sobrante del fondo común, la corporación, "deseosa de contribuir a tan santo fin a que le invitan sus administrados, autoriza para dar, por vía de limosna, la cantidad de tres mil reales de vellón a las tres hermandades que sacan las efigies". La colaboración entre las asociaciones religiosas, que son las hermandades y cofradías, y el Ayuntamiento ha venido siendo una constante hasta la actualidad con variable intensidad.

Tracking Pixel Contents