multa de tráfico

La sorprendente multa de la DGT a este conductor: sancionado por encender las luces de emergencia para avisar de una retención

Tráfico ha multado a este conductor por una acción que muchos conductores hacen en este tipo de situaciones

El conductor ha sido multado por la DGT por este curioso motivo.

El conductor ha sido multado por la DGT por este curioso motivo.

Resulta casi imposible conocer en profundidad el reglamento de la Dirección General de Tráfico (DGT). No obstante, todos los conductores conocemos una serie de acciones que sabemos seguro que acarrean multa. Sin embargo, también hay determinadas acciones por las que, por increíble que parezca, también te pueden multar. Fue lo que le ocurrió a este conductor, que fue sancionado por utilizar las luces de emergencia para avisar de una retención.

Y es que seguro que todos hemos hecho esto alguna vez, hay tráfico o una situación, véase por ejemplo el paso de un animal o un ciclista, bloquea la calzada o hace que circulemos a una velocidad muy inferior a la normal, con lo que decidimos encender las luces de emergencia para avisar a los coches y motos que vengan por detrás. Pues bien, esto puede conllevar una multa.

Le ocurrió a este hombre, y para ello, Tráfico se sirvió del artículo del Reglamento General de Circulación en su artículo número 109, apartado 1.c. En él se señala que, si se para el vehículo repentinamente o se reduce considerablemente la velocidad, se deberá advertir a los demás conductores mediante el empleo reiterado de las luces de frenado o agitando el brazo de arriba abajo.

Han multado a un conductor por este curioso motivo.

Han multado a un conductor por este curioso motivo. / ARCINIEGA

Por tanto, como se señala, no se pueden activar las luces de emergencias, si no que hay que optar por alguna de estas dos opciones.

¿De cuánto es la multa?

En cuanto a la sanción esta puede ir desde los 80 hasta los 200 euros. La última cifra se impondrá si no se hace ningún tipo de advertencia. No obstante, la DGT ha matizado que el uso de las luces de frenado es una opción, puesto que el artículo ya citado matiza que es "siempre que sea posible". Por este motivo, es probable que, si el conductor reclama, pueda evitar pagar la multa.

Sin embargo, el reglamento sí establece un momento en el que se pueden activar las luces de emergencia, y es que se pueden encender si "la inmovilización ocurre en una autopista o autovía, o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad".