Conducción

Esta es la multa que puedes recibir si desobedeces las señales de un agente de tráfico

El incumplimiento de una señal de un agente de tráfico está catalogado como una infracción grave

Esta es la multa que puedes recibir si desobedeces las señales de un agente de tráfico

Esta es la multa que puedes recibir si desobedeces las señales de un agente de tráfico

Edgar Vivó

Las señales de los agentes de tráfico tienen la máxima prioridad, por encima de los semáforos, las señales verticales de circulación y las marcas viales; de modo que siempre debes cumplir con las indicaciones de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico. De no hacerlo, estarías cometiendo una infracción catalogada como grave, que incluso podría llegar a ser un delito en los casos más extremos. A continuación te contamos cuál es la multa que puedes recibir si desobedeces las señales de un agente de tráfico.

El incumplimiento de una señal ordenada por un agente está sancionado con una multa de 200 euros y la retirada de cuatro puntos del permiso de conducir, puesto que se trata de una infracción grave. Para evitarlo puedes repasar algunas de las señales que suelen hacer los agentes de tráfico a través de este enlace. No obstante, si tras cometer la infracción los agentes detienen tu vehículo, es muy probable que te pidan el carnet de conducir, ya que es una acción que suelen llevar a cabo siempre. Si lo hacen y no lo llevas encima, podrías enfrentarte a una sanción leve de hasta 100 euros; si tampoco muestras el permiso de circulación y la tarjeta de inspección técnica, recibirías otra multa de hasta 100 euros.

Negarte a hacer una prueba de alcohol o drogas

Si un agente de tráfico te para y te pide someterte a la prueba de detección de alcohol o drogas y te niegas a hacerlo, podría suponer incluso un delito penal, sancionado con penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años, tal y como refleja el artículo 383 del Código Penalartículo 383 del Código Penal:

"El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".