Pedro Palomeque, bombero de 43 años perteneciente al Consorcio Provincial, falleció en julio de 2009 cuando iba, junto a dos compañeros, a apagar un fuego. Murió en una carretera de Álora. En abril se celebró el juicio contra cuatro de los responsables del Consorcio, en concreto contra el expresidente, Cristóbal Guerrero, y el exgerente, José Luis Cámara, así como contra dos mandos del ente. Finalmente, el juez, apoyando las tesis de la Fiscalía, consideró que la causa del siniestro se debió a la excesiva velocidad del camión. Por ello, tanto Guerrero como Cámara fueron absueltos de homicidio imprudente, pero se les condenó por un delito contra los derechos de los trabajadores a seis meses de cárcel porque los camiones no tenían mecanismos de pesaje adecuados ni sistemas de seguridad. La familia ha recurrido el fallo y ha expresado públicamente su indignación, y ayer recibió el apoyo en forma de circular de cuatro sindicatos policiales, documento que estos enviaron a sus afiliados. «Que nuestro apoyo a la familia de un servidor público sirva de aviso al resto de funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad», dicen las organizaciones.

«Nadie está a salvo de que por parte de la justicia o la Fiscalía se nos trate de responsabilizar de querer ayudar, asistir o evitar cualquier tragedia cuando acudimos a ella tras recibir una llamada de emergencia», aseguran.

La circular fue firmada por el Sindicato Profesional de Policía, el Sindicato Unificado de Policía, la Confederación Española de Policía y la Unión Federal de Policía y en el mismo expresan su «más sincera solidaridad y apoyo ante la situación que vive la familia con motivo de la celebración del juicio». Explican los sindicatos que el 29 de marzo se celebró el juicio, pero, añaden, «según parece no existía ni la pertinente evaluación de riesgos ni la necesaria formación de los bomberos en materia de seguridad laboral, así en diversos escritos que constan en la causa se dice que el camión, cuando se usaba en servicio, llevaba unos 700 kilos de más de lo legalmente autorizado, además de que no cumplía con las mínimas garantías operativas debido al mal estado general que presentaba».

De este modo, la acusación particular consiguió el apoyo inicial del fiscal a través de los dos primeros acusadores públicos que llevaron la causa en los dos intentos de celebración de juicio. «Hasta que el tercer fiscal cambió el criterio inicial de la Fiscalía retirando la inicial acusación de homicidio y lesiones imprudentes, en base a que la culpa del accidente la tuvo el bombero fallecido por ir a un servicio de emergencia a 65 kilómetros por hora cuando la vía en la que ocurrió el accidente marcaba 50».