­El exalcalde de Alcaucín José Manuel Martín Alba se juega hoy nueve años de prisión por permitir supuestamente ilegalidades urbanísticas en el municipio. El juicio se celebrará a partir de las diez de la mañana de hoy en la Sección Octava de la Audiencia Provincial.

Martín Alba, conocido como el Calayo, será juzgado también en noviembre por el caso Arcos contra la corrupción en el municipio, un caso que Anticorrupción dirige contra 49 imputados, entre los que hay promotores urbanísticos, funcionarios, arquitectos, intermediarios, abogados y asesores. Este caso estalló en febrero de 2009 y fue precisamente la corporación que sustituyó al regidor la que denunció las irregularidades urbanísticas por las que éste se sienta hoy en el banquillo junto a seis personas más. Según el escrito de la Fiscalía de Medio Ambiente, tres de los encausados se concertaron para obtener un rendimiento urbanístico de una parcela en el núcleo El Espino, un suelo «que les constaba no era urbanizable». Uno de ellos levantó allí su propia casa, vendiendo las subparcelas restantes a tres extranjeros bajo las perspectivas futuras de que pudieran edificar en ellas.

Reparto de tareas. De los tres acusados que se concertaron, uno se quedó con la mayor parte del terreno, mientras que otro se quedó con un tercio de la parcela «en clara intención de participar en el lucrativo e ilegal negocio» y el tercero se encargaba de los trámites administrativos para solicitar las licencias, según la acusación pública. Además de estos y del regidor, están acusados un arquitecto, un aparejador y un constructor.

El exregidor consintió. El ministerio público sostiene que el entonces regidor consintió la construcción de las viviendas «siguiendo la práctica habitual en aquella época en el Ayuntamiento», de forma que al dorso de la solicitud de licencia «sin aportar informes de ningún tipo se concedía o se denegaba». En estos casos, el apartado de si procedía o no «aparece sin rellenar», por lo que fueron concedidas.

A pesar de esto, el exalcalde «con conocimiento de los hechos», dice el fiscal, «dejó voluntariamente de ejercitar sus competencias en materia de disciplina urbanística, permitiendo la construcción» de las viviendas. Además, también autorizó el enganche de las casas a la red de abastecimiento de agua.

La parcela estaba en suelo no urbanizable según las normas subsidiarias de planeamiento, adaptadas a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), misma calificación que tenía en el texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana, aprobado en 2010.