Rincón abre el plazo para ayudas del 50% para el pago del IBI

El impreso se puede descargar en la web www.rincondelavictoria.es y presentar hasta el 31 de mayo

Ayuntamiento de Rincón. | L.O.

Ayuntamiento de Rincón. | L.O. / l.o. rincón de la victoria

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El Ayuntamiento de Rincón de la Victoria ha abierto el plazo de solicitud de las ayudas al pago del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de 2021.

La cuantía a percibir será equivalente al 50% de la cuota líquida del recibo del IBI aplicable a la vivienda habitual para personas empadronadas en el municipio, y que cumplan los requisitos, según el edil Antonio Fernández.

El impreso se puede descargar en la página web (www.rincondelavictoria.es), a través de la sede electrónica: https://sede.rincondelavictoria.es/tramites/ y presentar hasta el 31 de mayo.

El alcalde de Rincón, Francisco Salado, destacó que esta ayuda, «sufraga en parte la carga fiscal para el pago del IBI al que tienen que hacer frente las familias». Salado recordó que la ayuda es compatible con la concedida por empadronamiento para el pago del recibo del IBI por parte del Ayuntamiento. «El objetivo es atender a las personas más afectadas por la crisis sanitaria, con ayudas que redundan en la reactivación económica y social del municipio».

La ayuda la recibirá el residente y empadronado en Rincón todo el año, que ostente la propiedad plena o usufructuaria de una única vivienda que constituya su residencia habitual y acredite la condición de domicilio de empadronamiento a la fecha de devengo del IBI.

Los ingresos mensuales de la unidad familiar no podrán superar en 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), ponderándose en función del número de miembros de la unidad familiar, que comprende para un único miembro la cantidad de 847,35 euros hasta familias con más de 6 miembros, a las que corresponde un importe de 1.998,77 euros.

La solicitud debe ir acompañada del último recibo de IBI (2020), declaración acreditativa de no poseer otros bienes, justificación de los ingresos mensuales de todos los miembros de la unidad familiar (nóminas, pensiones, prestaciones por desempleo), y en caso negativo, certificación de no percibir rentas por desempleo, pensiones públicas estatales o autonómicas. En su caso, sentencia o convenio regulador de separación o divorcio.

La solicitud debe presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de 08.30 a 13.30 horas de lunes a viernes.