Tribunales

El panadero de Coín reitera que el concepto homófobo en la nómina fue un error

La defensa del dueño señala al banco, al que considera responsable del concepto "nómina abril maricón"

El propietario de la panadería de Coín, Lucas Rico, en una entrevista que concedió a LaSexta

El propietario de la panadería de Coín, Lucas Rico, en una entrevista que concedió a LaSexta / LaSexta

EFE

El propietario de la panadería de Coín, Lucas Rico, condenado a indemnizar a un extrabajador por daños y perjuicios, al pagarle con el concepto "nómina abril maricón" ha reiterado que dicha denominación fue fruto de un "lamentable error".

A través de un comunicado, el propietario de la panadería ha manifestado que "sigue creyendo que los hechos no se produjeron como se han interpretado" y ha subrayado que "jamás" tuvo la intención de menospreciar a nadie.

El Juzgado de lo Social número 5 de Málaga ha estimado en parte la demanda del extrabajador y ha condenado al dueño por ese hecho concreto a una indemnización de 10.000 euros y 3.759,94 euros por la extinción del contrato.

El ahora condenado destaca su "total respecto a las decisiones judiciales", pero ha considerado importante poner en contexto "lo que realmente establece la sentencia", ya que, subraya, la resolución "descarta de forma rotunda la mayoría de los hechos" que relataba el demandante.

La demanda incluía "acusaciones gravísimas", recuerda el demandado que subraya que en la sentencia no se recoge ni acredita acoso sistemático ni conducta homófoba generalizada, ni trato discriminatorio continuado.

En el comunicado se señala que en la grabación del juicio "puede apreciarse que el trabajador del banco me pidió disculpas personalmente por el error cometido" y señala que la Inspección de Trabajo "pudo constatar que el banco se negó a contactar con el trabajador para intentar solucionar el asunto".

En la sentencia también se indica que otros trabajadores "manifestaron que nunca presenciaron ningún trato discriminatorio por razón de orientación sexual" y ha insistido en su "compromiso personal y profesional con la igualdad y el respeto dentro del entorno laboral".

"En nuestra empresa trabajan personas de distintos orígenes, edades y condiciones, siempre bajo un clima de profesionalidad y convivencia", concluye el demandante, que se ha reservado su derecho de recurrir la sentencia y que actualmente lo está estudiando con sus abogados.

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