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Tribunales

Once años de cárcel por matar a martillazos a una persona sin hogar en Antequera

La Audiencia de Málaga aplica la agravante de aporofobia al considerar probado que el acusado actuó movido por el desprecio hacia la situación de exclusión de la víctima

Velas y flores en el soportal en el que fue asesinado Miguel Ángel

Velas y flores en el soportal en el que fue asesinado Miguel Ángel / L.O.

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EP

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a once años de prisión a un joven por matar a golpes con un martillo y a patadas a un hombre sin hogar que dormía en los soportales de una plaza de Antequera. La sentencia aplica la agravante de aporofobia, es decir, el odio o desprecio hacia las personas pobres o desamparadas.

"Le propinó varios golpes en el rostro y se dio a la fuga"

Los hechos ocurrieron la madrugada del 11 al 12 de febrero de 2023, aunque las conclusiones provisionales de la fiscal recuerdan que el acusado, entonces de 19 años, había agredido la noche anterior a la víctima "sin más motivo ni razón que el desprecio que sentía hacia su condición de persona sin hogar". Este primer incidente, que se instruye en otro procedimiento que también implica a otras personas que acompañaban al presunto asesino, se produjo en la misma zona de soportales de la plaza Fernández Viagas, en el céntrico entorno de San Francisco, donde el joven sabía que pernoctaba la víctima.

"El acusado sabía que la víctima, por su situación de exclusión y vulnerabilidad, así como por su escasa corpulencia, no iba a poder defenderse de forma eficaz ni a interponer denuncia", declara probado la magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado, procedimiento por el que se ha tramitado este caso.

"Aprovechando que dormía, le propinó varios golpes en el rostro y se dio a la fuga", asegura el escrito de acusación antes de subrayar que el acusado era consciente de que la situación de exclusión y vulnerabilidad de Miguel Ángel, así como su escasa corpulencia, le impediría defenderse de forma eficaz ni denunciar los hechos.

Volvió al día siguiente con un martillo

A la noche siguiente, el acusado regresó al mismo lugar, según recoge la sentencia dictada con su conformidad, "ya con intención de causarle la muerte y a sabiendas de que, por la mencionada situación de exclusión social del hombre, el mismo iba a encontrarse desvalido, solo y durmiendo en la misma zona".

La resolución considera probado que el procesado, pensando que "iba a poder dar rienda suelta a sus deseos de acabar con la vida del hombre o representándose la posibilidad de que con su acción pudiera producirse un resultado letal", cogió un martillo y, de madrugada, golpeó varias veces a la víctima en la cabeza y le dio patadas en el cuerpo y en la cara.

Según la magistrada-presidenta, el acusado aprovechó que la víctima dormía acostada boca abajo en su saco de dormir para acometerla "inadvertida y violentamente a golpes". Después, dejó al hombre como lo encontró, tumbado en los soportales, por lo que nadie se percató del ataque ni de su muerte hasta el día siguiente.

Para el Tribunal, los hechos constituyen un delito de homicidio. La sentencia considera que el acusado actuó "movido por desprecio" hacia la condición de persona sin hogar de la víctima, motivo por el que se le aplica la agravante de aporofobia.

La confesión del acusado atenúa la pena

Una vez descubierto el cadáver, pero cuando la investigación todavía no había identificado al posible autor, el acusado llamó a la comisaría y afirmó que había sido él. Posteriormente, entregó el martillo y la ropa que llevaba ensangrentada.

Por este motivo, la Audiencia le aplica la atenuante de confesión. Además de la pena de once años de cárcel, la sentencia impone al condenado una medida de libertad vigilada, consistente en participar en programas de sensibilización en materia de igualdad y discriminación, inicialmente relacionados con el trato digno a las personas sin hogar.

La resolución acuerda también, en virtud de lo solicitado por el fiscal y la acusación particular ejercida por la familia de la víctima, y aceptado por la defensa y el procesado, que el condenado indemnice con 20.000 euros a cada uno de los tres hermanos del fallecido.

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