En un artículo anterior, daba cuenta de la presentación del Informe Anual de nuestra Oficina en el pleno de la Diputación Provincial del pasado día 5 de junio. Este había sido aprobado por unanimidad, por séptimo año consecutivo, lo que sin duda es un estímulo para continuar en la misma línea de trabajo. No obstante, desde el comienzo de la crisis nos llegan nuevos problemas que afectan a particulares y pequeños empresarios. Entre estas consecuencias se encuentra la imposibilidad de afrontar el pago de las cuotas hipotecarias, que tienen como garantía la vivienda habitual y/o el local de negocio donde ejercen su actividad.

Estamos convencidos que el desempleo y los embargos hipotecarios, íntimamente relacionados, son las dos consecuencias que más duramente afectan a la ciudadanía y que instituciones como las defensorías ni quieren ni pueden dejar de atender aunque, ciertamente, no son de nuestro ámbito competencial. Hay temas que, ciertamente, no son de nuestra competencia estatutaria, pero sí de nuestra incumbencia y los desahucios hipotecarios son uno de ellos, al igual que lo fue el acoso inmobiliario, en el que nuestra oficina jugó un papel, muy importante, de información y apoyo a los afectados.

De igual modo, estamos convencidos que, sin vulnerar la legislación, los defensores deben adaptar sus actuaciones a la problemática que sufren miles de ciudadanos y no hay duda de que las ejecuciones hipotecarias lo son, con más de 160 mil procesos terminados y cercano a los 400 mil los iniciados. Son personas normales, a los que la pérdida de empleo o actividad les está llevando a una situación de marginación social, consecuencia de un sistema legal injusto, casi exclusivo de España, donde el deudor no se libera con la entrega de la vivienda. Rige el principio de responsabilidad patrimonial universal y tras la ejecución hipotecaria y pérdida de la vivienda, el deudor mantiene la deuda no satisfecha. A su vez, la inclusión de las personas desahuciadas en los registros de morosos produce su exclusión financiera de modo permanente. Ante esta situación, nuestras instituciones ni quieren ni pueden permanecer impasibles, menos aún cuando las entidades de crédito se benefician de privilegiados «préstamos».

Por otra parte, ante su insolvencia como empresas, están obligadas a solicitar concurso de acreedores y en su lugar acuden a las ayudas públicas para superar su situación. Estas ayudas desbordan las previsiones legales, y no respetan los límites previstos en la regulación de los fondos de garantía de depósitos o del fondo de reestructuración bancaria. Existe una clara discriminación, puesto que reciben cantidades a las que el resto del tejido empresarial no tiene acceso, a pesar de lo cual siguen pagando elevadas primas a sus directivos. En un proceso de apropiación de ganancias y socialización de pérdidas, sin que los responsables respondan ante la justicia.

La situación actual requiere extender los beneficios/préstamos de la banca al otro lado de la relación, al cliente sobreendeudado, que va a perder su vivienda o el local donde ejerce su profesión. Las medidas excepcionales de ayudas al sector financiero deberían extenderse a los deudores hipotecados de buena fe, no solo por obvias razones de equidad, sino porque al igual que la inyección de liquidez a las entidades de crédito se quiere justificar en nombre del interés general, también en la crisis de los particulares hipotecados está en juego la confianza de nuestro sistema financiero.

Los miles de ciudadanos afectados y lo excepcional de la situación requieren medidas extraordinarias, entre ellas la modificación de la Ley Hipotecaria y el artículo 1911 del Código Civil, que posibilite la Dación en Pago, un objetivo por el que las diferentes Defensorías seguimos apostando, conscientes de que sin ser de nuestra competencia, sí es de nuestra incumbencia.