Se han puesto de moda las furgonetas que venden comida de manera itinerante, cuyo nombre en inglés tiene mucho más empaque: food trucks. Málaga se sumó a la ola de la popularidad de estos comercios ambulantes con la organización el pasado fin de semana de un evento en la polivalente explanada de Martiricos, que además ha sido un completo éxito. Esta modalidad de servicio de comida cuenta incluso con el espaldarazo de algún programa de televisión, y son muchos los desempleados y emprendedores que están viendo aquí una oportunidad real y sólida de contar con un autoempleo estable.

Sin embargo, hay que advertir que no es oro todo lo que reluce a la hora de comprar una furgoneta más o menos vistosa y adaptarla para vender comida -más o menos elaborada, más o menos gastronómica- de pueblo en pueblo y de ciudad en ciudad. La normativa no ayuda, precisamente. España se ha convertido en un país para aficionados rigurosos a la actividad legislativa. Por poner un ejemplo, en la actual legislatura, esto es, desde 2012, el Gobierno de España ha aprobado o lleva en fase de tramitación nada menos que 35 Leyes orgánicas y 112 leyes ordinarias. También la comunidad autónoma de Cataluña ha pisado este año el acelerador de su actividad parlamentaria. En su libro Para comprender la crisis, el prestigioso historiador económico Gabriel Tortella ya decía en el año 2009 que la suma de todas las páginas de todos los boletines oficiales de España sumaba más de un millón de folios cada año. Ahí es nada.

Es cierto que muchas de esas páginas corresponden a nombramientos y anuncios, pero aun así es muy recomendable estudiar la legislación vigente en materia de comercio ambulante, que es la que afecta a este tipo de negocios. Para empezar, la normativa es autonómica, pero remite siempre a las ordenanzas locales. En Andalucía, el Decreto Legislativo 2/2012 recoge el Texto Refundido de la Ley de Comercio Ambulante de Andalucía. ¿Y qué significa eso? Pues que se necesitan permisos municipales para instalarse en cualquier sitio, y que eventos como el celebrado en Martiricos, por ejemplo, sólo pueden hacerse legalmente al amparo de un acontecimiento deportivo o cultural (un gran concierto, por ejemplo). Quizás por eso coincidió con el partido que jugó el Málaga en La Rosaleda, para aprovechar ese paraguas legal.

Sin duda la posibilidad de elaborar comida de calidad y llevarla allá donde hay demanda es una buena oportunidad de negocio, un nicho para emprendedores. Así ocurre en el mundo anglosajón y en muchos otros países. Pero quienes estén pensando en dar un paso adelante deben saber que se traen entre manos no sólo una cocina, o una plancha, sino también un extenso abanico de obligaciones fiscales y administrativas. Y, por supuesto, deben obtener la autorización previa de cualquier Ayuntamiento en el que quieran instalarse, aunque sea por unas horas o un fin de semana, señalando de antemano la ubicación.

En este sentido, la presión de la hostelería tradicional, la que paga un alquiler y sus correspondientes tributos locales, quizás sea demasiado fuerte como para permitir que las entidades locales vean con buenos ojos la llegada a sus municipios de food trucks cuyos propietarios y trabajadores ni siquiera viven y votan allí. Con la Iglesia hemos topado. Me temo, y ojalá me equivoque, que todo esto, que podría generar inversión y empleo, va a quedar en una moda pasajera. Ni la legislación ayuda, ni los responsables públicos cuentan con incentivos suficientes como para arriesgarse a tener un conflicto con sus comerciantes locales. Un panorama complejo que nos perjudica a casi todos.