La gran importancia de los intereses afectados, y el lógico interés despertado en todos los ámbitos políticos, sociales y empresariales de la provincia de Málaga, me animan a compartir con la sociedad en general una serie de reflexiones y exigencias cuya formulación, por responsabilidad como presidente de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Málaga, creo que es conveniente.

La gravísima situación creada tras las sentencias del Tribunal Supremo que anula el Plan General de Ordenación Urbana de Marbella y el Plan Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental exige de las administraciones públicas implicadas una rápida y satisfactoria reacción en distintos niveles.

En primer lugar, y por lo que se refiere al PGOU de Marbella, la doctrina del Tribunal Supremo en materia de ejecución de sentencias que anulan disposiciones generales, no permite ser muy optimista sobre la posibilidad de una mera subsanación de los defectos que han determinado la anulación de dicho instrumento de planeamiento, y que pudiera dar por válido parte de los trámites o de los contenidos del PGOU anulado.

La doctrina del Tribunal Supremo considera, en la práctica totalidad de los casos, que no cabe la convalidación de trámites anteriores. Pero además, en el caso concreto del PGOU Marbella, las sentencias del Tribunal Supremo señalan defectos de forma y de fondo que son de tal entidad que afectan a la sustancia y a la completa arquitectura de este PGOU. Todo ello hace pensar que será inevitable que tenga que tramitarse un nuevo plan desde el principio, por lo que es exigible a las distintas administraciones implicadas que lo hagan de un modo rápido, eficaz y sobre todo con una incuestionable legalidad evitando que vuelva a producirse la actual situación de desconcierto e inseguridad. Para ello es necesario poner de inmediato en funcionamiento todos los medios humanos y materiales por parte de las administraciones y buscar fórmulas imaginativas y del máximo nivel, recurriendo incluso al poder legislativo andaluz, para crear así un marco jurídico con normas con rango de ley y, por ello, menos dependiente de los errores en el planeamiento y menos sujetos al albur de las diferentes interpretaciones de quienes aplican el derecho.

Sería además muy injusto que en todo este proceso no se tuvieran en cuenta las situaciones particulares de tantos ciudadanos y empresarios que han puesto en juego sus ahorros o han invertido sus recursos en viviendas, adquisiciones de suelo y en proyectos de toda índole.

Deberá atenderse por tanto a la situación de los residentes en edificaciones con licencia anulada por sentencia y asegurar desde este mismo instante el que se permita su futura integración en el próximo PGOU, recurriendo también, si necesario fuese, a la elaboración de normas con rango de ley que excluyan los problemas de legalización por medio de un planeamiento que luego, como hemos visto, puede ser impugnado.

También deben salvaguardarse los derechos de quienes tienen solicitado u obtenida una licencia que ahora es contraria al PGOU de 1986, bien asegurando el contenido edificatorio o bien asumiendo las oportunas responsabilidades e indemnizaciones; y desde luego excluyendo la situación hasta ahora conocida de prometer soluciones futuras que nunca llegan. A estos efectos, la Asociación de Constructores y Promotores de Málaga ha puesto a su servicio jurídico a disposición de las empresas afectadas para estudiar de forma detallada cada uno de los casos y el camino que tienen que seguir en defensa de sus intereses y lograr, de esta forma, resarcirse de los daños que una mala gestión les haya podido ocasionar. En relación al planeamiento de desarrollo sería recomendable una rápida adaptación parcial del PGOU de 1986 que permita su tramitación en los sectores que este instrumento preveía y la rápida asunción de responsabilidades e indemnizaciones por los daños y perjuicios que se causen.

En relación al Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental, deben asumirse responsabilidades por incurrir en defectos tales como que se haya visto anulado, entre otros motivos, por carecer del informe de evaluación del impacto de género, ya que bastaba con haber manifestado la ausencia de este impacto, y expresamente, que el mismo era irrelevante atendidas razones de fondo. En cualquier caso, es un instrumento que extendió la llamada «protección de interés territorial» con un criterio más político, que medioambiental, por lo que puede ser una buena oportunidad para revisar algunos de sus criterios y que cercenaron la actividad económica en ciertos municipios de modo injustificado.

Por último, aunque no menos importante, es necesaria una rápida reacción de las administraciones en relación al impacto mediático que este caos jurídico ha traído. La seguridad jurídica no se hace visible con declaraciones en los medios de comunicación, sino con normas y decisiones claras, conocidas y en la que los derechos de los ciudadanos son identificados, reconocidos y satisfechos. La adecuada difusión de estas normas y decisiones, una vez adoptadas en tiempo oportuno, es lo que permite crear un marco adecuado para luego trasladar a los medios una imagen de estabilidad y seguridad que genere nuevamente la confianza de los inversores. Sin duda, que es necesario un esfuerzo para poder recuperar la imagen del urbanismo en la Costa del Sol.

Si las administraciones públicas no reaccionan rápidamente con concretas actuaciones y plazos para su ejecución, la actual situación se agravará aún más y los perjuicios que ya estamos padeciendo se prolongarán durante años. Un estado de derecho se caracteriza por la responsabilidad de los poderes públicos y aquí es necesario que dicha responsabilidad tenga lugar, no sólo con una actuación rápida, eficaz y conforme a Ley, como la que exigimos, sino también depurando las responsabilidades de quienes por acción u omisión nos han conducido hasta la actual situación.

*López Caparrós es presidente de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Málaga