Vayamos al fondo del asunto, que ni siquiera va de independentismo o unitarismo. ¿En qué consiste eso de que un ayuntamiento declare a un ciudadano español ´persona non grata´?, ¿qué potestad legal ampara esa declaración de que resulta odioso para una población que alguien la visite o celebre en ella algún acto?, ¿prevarica quien lo acuerda, caso de que no tenga amparo?, ¿cuál es su responsabilidad si luego la sociedad civil secunda la declaración y se produce un boicot?, ¿estaremos hablando o no de un brote menor, venial, simbólico si se quiere, del genio del linchamiento, fácil de emparentar siempre con el fascismo? Atención, estas preguntas valen para cualquier declaración como ´persona non grata´ de un conciudadano, sea cual sea su color político y el de la institución que hace la proclama, y no sólo para la que ha hecho el Ayuntamiento de Girona sobre el rey Felipe VI.