El jueves finalizó la prueba pericial en el juicio del procés, mediante la cual las partes han intentado trasladar al tribunal conocimientos científicos y técnicos en apoyo de sus respectivas pretensiones, en materia económica, médica, lingüística e informática. A diferencia de los testigos, cuya declaración versa sobre apreciaciones sensoriales -vista, oído, tacto, gusto y olfato- relativas a los hechos en discusión, los peritos tienen como misión aportar al tribunal leyes científicas y máximas de la experiencia, útiles para la determinación de la realidad de lo sucedido, desde su condición de expertos. La semana próxima, como ha anunciado el presidente del tribunal, dará comienzo la prueba documental, que sirve para la exposición pública y contradictoria, en la vista oral, del contenido de cuantos soportes de datos en cualquier formato se hayan presentado para respaldar las distintas versiones sobre los hechos (con escritos, gráficos u otras representaciones o imágenes y/o sonidos como contenido). Cuando la prueba documental finalice -lo que no es previsible que pueda demorarse más allá de la semana próxima- se pasará a la denominada fase de «conclusiones definitivas», en la cual las acusaciones y las defensas tendrán la oportunidad de mantener o modificar las exposiciones que ya efectuaron -antes de la vista- en el trámite de «conclusiones provisionales», acerca de los hechos acaecidos, sus calificaciones legales y las consecuencias que entienden que, de los hechos y el derecho aplicable, se derivan (condena por determinados delitos -a penas concretamente delimitadas y al abono de responsabilidades civiles- o absolución). Tras las «conclusiones definitivas», devendrá la etapa procesal de «informes», primero los de las acusaciones y después los de las defensas. En ellos la fiscalía, la abogacía del estado y los letrados de la acusación popular y de los procesados expondrán, en un turno ordenado de intervenciones, las alegaciones fácticas y jurídicas que sustentan sus distintas posiciones. Finalmente, el tribunal dará «la última palabra» a los acusados, quienes podrán manifestar, oral y públicamente, lo que a su derecho o interés convenga, ejerciendo su autodefensa, si lo así lo desean, de forma complementaria a la asistencia letrada brindada por sus abogados a lo largo de toda la vista.

Se habrá así completado, del modo descrito, el juicio que el Estado de Derecho diseña como núcleo esencial del derecho fundamental a un proceso penal con todas las garantías y que se proporciona a los sospechosos de la comisión de cualquier delito, incluidas las graves infracciones penales que se atribuye a los acusados. Un juicio que se desarrolla, por imperativo legal, de la forma garantista que escrupulosamente se ha respetado desde el inicio del plenario hasta el momento.

En efecto, el proceso jurisdiccional se rige por las leyes que conforman el Estado de Derecho, por definición un conjunto de mandatos jurídicos que, emanados de la soberanía popular, vinculan a la ciudadanía en un proyecto de convivencia, establecido en los sistemas democráticos por la mayoría, con respeto por los derechos inalienables de las minorías. Es el imperativo legal que brota de la Constitución democrática, muy distinto de la huera fórmula de estilo empleada por sus enemigos, como escondrijo en el que guarecerse de las consecuencias de su hipocresía, cuando juran o prometen acatarla, aunque sólo como formalismo, mientras traman destruirla desde dentro. Como ya hiciera en su día el herribatasuno Idígoras, con permiso entonces del Tribunal Constitucional, los cinco independentistas catalanes en prisión, elegidos parlamentarios en los últimos comicios, han utilizado el consabido latiguillo para acceder con total desparpajo a la condición de representantes de la soberanía nacional, con la intención de acabar con ella, sin expresar claramente, sin tapujos ni ardides, su disposición a observar sus mecanismos de reforma para conseguir sus fines. Resulta paradójico que, mientras dichos políticos niegan su condición de golpistas, manifiesten tan claramente su desprecio por el Estado democrático de Derecho. Por imperativo legal, sin embargo, habrán de respetarlo.