El gobierno de derechas de la Junta de Andalucía se descolgó en pleno estado de alarma por la crisis de la Covid-19 con un decreto ley que modifica 21 leyes y seis decretos. Esta norma cumple a la perfección con el manual del legislador oscuro, desde el propio nombre del decreto hasta su elección para evitar una tramitación más debatida.

Empecemos por el nombre. Es una habilidad del legislador oscuro esa de ocultar tras una denominación amplia, difícilmente criticable, los verdaderos fines de las leyes que impulsa. En este caso, ¿quién puede estar en contra de la mejora y la simplificación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía? Tampoco nadie podía estar en contra de la ley de bosques limpios de Bush, que al final resultó ser la tala indiscriminada de árboles. Limpios, desde luego, quedarían los bosques estadounidenses.

El decreto 2/2020, de naturaleza heterogénea, plasma la ideología de quien gobierna y de sus socios. Nada que objetar. Quienes lanzan críticas contra los gobiernos por legislar ideológicamente resumen la actividad ejecutiva a la aplicación tecnocrática de unas normas y posiciones expertas, también ellas cargadas de sus propios sesgos. Otra cuestión es no comulgar con los planteamientos ideológicos del gobernante.

Pero lo que no se puede hurtar en un movimiento legislativo de esta relevancia es la participación de la sociedad, máxime cuando las leyes que se van a modificar avanzaron por cauces participativos, con informes de consejos sectoriales o consultivos.

Aún menos se puede ver como normal que un decreto ley heterogéneo como éste, una ensalada legislativa, pase un trámite parlamentario en pleno estado de alarma y en la diputación permanente. Esto es: el debate público al respecto no ha existido y la votación se reduce a un voto sobre una norma que implica diferentes asuntos sobre los que, por separado, se puede estar más de acuerdo o menos. Así se ha evitado el debate político en asuntos como el cuestionamiento público de materias tan importantes, como la desregulación de normativa urbanística y medioambiental, o la desprotección de bienes considerados patrimonio histórico.

El PSOE de Andalucía pidió que el ejecutivo andaluz tramitara el decreto como proyecto de ley. Si el fin del decreto era tan ambicioso, ¿por qué no debatirlo con rango de ley? Es evidente que su tramitación es más lenta, pero más democrática y justa con el bien común. Las excusas de la necesidad de un trámite rápido se desmoronan cuando comprobamos que la urgencia de algunas medidas quedan en evidencia: legalización de emisoras piratas, el cambio del régimen sancionador de la ley audiovisual o la derogación de la regularización de los campos de golf por su interés turístico.

En este punto, y en previsión de atropellos como éste, la Constitución Española establece en su artículo 162 que están legitimados para interponer un recurso de inconstitucionalidad el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores o los órganos colegiados ejecutivos de las comunidades autónomas y, en su caso, las asambleas de las mismas.

El Gobierno ha presentado recurso de inconstitucionalidad por posible invasión de competencias. En el caso de los 50 senadores y senadoras, el recurso se presenta por una profunda discrepancia democrática y jurídica en términos de una urgencia no justificada y modificaciones que no atienden a tal efecto. El Tribunal Constitucionaltendrá la palabra, pero este decreto muestra a las claras cómo gobiernan el PP, Ciudadanos y Vox en Andalucía: a espaldas de la ciudadanía, de la cámara parlamentaria y cumpliendo a rajatabla su hoja de ruta liberal, privatizadora y antisocial.