Opinión | Tribuna

Sospechosos

En política, todo el mundo es sospechoso hasta que no se demuestre lo contrario; y así te lo hacen sentir hasta dos años después de dejarlo. Te susurran al oído en bancos, notarías y hasta en misa que has sido político. ¡Joder, qué tropa!

Como consecuencia de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LO 13/2015), se indultó al imputado, puteado hasta la fecha porque el palabro sonaba feo, corrompido en su uso para el ataque al rival político: carne de dimisión como ofrenda purificadora.

La modificación, con fondo y forma, aliviaba un término que acongojaba tanto al concejal como al diputado, en el gobierno o en la oposición. Ahora se escucha hablar de un «investigado» y suena a gentilicio: un conquense, un pacense, un onubense... Me parece bien que el verbo no sea malasangre.

Durante años, la imputación se arrojaba contra el de enfrente como un líquido anticorrosivo, que a veces se podía comprar en un todo a cien. Ahora lo mezclamos con otros, como investigado, procesado y encausado, y así ya todo parece más liviano.

Grosso modo, el proceso penal tiene tres fases: la inicial (investigación), la intermedia (apertura de juicio oral) y el juicio propiamente dicho (con su inmediatez, contradicción y todos sus perejiles). Con la reforma de 2015, se hizo una sustitución de términos en diferentes artículos: imputado por investigado en unos, imputado por investigado o encausado en otros, imputados o procesado por investigado o encausado en otros cuantos. Todo ello en mor del derecho de defensa… lingüística.

La RAE define investigar como indagar para descubrir algo, para averiguar la conducta de alguien; indagado hubiese sonado un poco a choteo, de ahí que el legislador lo descartase... pienso yo.

Hubo un tiempo en que los partidos competían a ver quién la ponía más arriba: «expulsaremos a todo imputado, sea el delito el que sea»; «tolerancia cero con la corrupción», etc. Luego, cuando el verbo se hizo carne, llegó el tiempo de rebajar las expectativas para no cumplir con un promesa vacía de rigor jurídico. Había que vestir al muñeco.

Lo cierto es que conseguir imputar en su sentido o uso antiguo (ahora investigar) ni era ni es tan difícil; eso lo saben los penalistas más o menos cuidadosos con sus lápices de colores. Lo complejo es llegar a juicio oral, y más aún conseguir una sentencia condenatoria. Si me apuran, se sube la apuesta si se trata de prevaricaciones (más aún si es omisiva), cohechos (el impropio riza el rizo) u otros tipos penales de la familia.

¿Se debe dimitir por estar investigado? Yo diría que no, con excepciones para confirmar la regla (delitos flagrantes, escándalos manifiestos o chulería delictiva, que también la hay aunque no tipificada). Sobre la persona recae en este punto (fase) la sospecha, eso es cierto, pero puede que ni tan siquiera de manera indiciaria.

Desnudos de la imputación (que no desaparece como tal, aunque ahora revestida con el hábito de encausado), cuando se empieza por el principio, es decir, el indicio, nos encontramos con un cuerpo legal más garantista y desprovisto de «pena social». Se puede dar el caso de que alguien sea investigado durante el tiempo que dura la llamada del juez para preguntar (posible participación) y lo que se tarda en tomar un café con el abogado después de la cita judicial.

Bien distinto es si pasamos de investigado a encausado cuando se imputa (un delito) a través del auto de procesamiento o por la transformación del proceso penal abreviado. En ese momento se está atribuyendo indiciariamente un delito a alguien, y es ahí donde, también en mi opinión, los partidos políticos podrían abrir la puerta de salida si lo ven oportuno.

Debemos distinguir el ámbito político y el judicial, ya que en el primero se relativiza la presunción de inocencia, y en el segundo es un derecho fundamental como la copa de un pino (el art. 24.2 de la Constitución no lo define así, pero para entendernos).