TRIBUNA

Stock Options y la Ley Startups

Para que la sociedad pueda generar dicha autocartera deberá tener liquidez suficiente para adquirir las participaciones y, además, deberá ser a través de una adquisición derivativa

Javier de la Cruz Rodríguez

Javier de la Cruz Rodríguez

Mucho se ha hablado desde que entró en vigor el pasado día 23 de diciembre de 2022 la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, coloquialmente conocida como Ley Startups, de las novedades fiscales que introduce dicha ley.

Desde la entrada en vigor de dicha Ley, se permite adquirir -mediante acuerdo de la Junta General- la adquisición por la propia sociedad de participaciones sociales hasta el límite del 20% del capital social, para la entrega de dichas participaciones a los administradores, empleados u otros colaboradores más significativos de la empresa, siempre y cuando sea con la finalidad de ejecutar un plan de retribución a éstos.

¿Qué pretende el legislador con esta medida? Afianzar el compromiso de los trabajadores o empleados de la entidad para con la misma y respecto al proyecto que están desarrollando en la sociedad, convirtiéndose en socios del mismo, por lo menos, de una pequeña parte, sí, pero desde luego fomentará la involucración personal de los mismos.

Pero, se preguntará el lector, ¿cuál es la letra pequeña de esta medida y qué cambios se producen? Pues bien, la letra pequeña consiste en que para que la sociedad pueda generar dicha autocartera deberá tener liquidez suficiente para adquirir las participaciones y, además, deberá ser a través de una adquisición derivativa, es decir, que alguno de los socios de dicha startup tendrá que vender sus participaciones sociales con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el correspondiente plan de retribución -también conocido como stock option plan-.

Plan de retribución

En este sentido los socios deberán acordar que un porcentaje de sus participaciones estará destinado al plan de retribución. Práctica usual que se ha venido haciendo antes de la publicación de dicha Ley, pero que está vez estará amparada en una regulación legal.

Desde luego, considero que a la luz de la incesante instalación de empresas tecnológicas en Málaga, se va a producir una "tormenta perfecta" para aquellas empresas que se creen o se instalen en Andalucía y, en concreto, en Málaga para la adopción de la regulación legal que ha traído la publicación de dicha ley. Lo cual únicamente beneficiará a dichas entidades y a la propia ciudad y ciudadanos, los cuales, estaremos encantados de atraer talento y ser pioneros en la creación de todo tipo de empresas, y más, en concreto, del sector tecnológico.