La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha admitido a trámite, por primera vez, investigar el caso de las prótesis mamarias PIP por apreciar un delito contra la salud pública, ha informado este lunes la Asociación Nacional de Afectadas (ANAP).

Los citados implantes fueron retirados del mercado después de que las autoridades francesas detectaran que estaban fabricados con un gel de silicona diferente del exigido y tras existir sospechas sobre su vinculación con algunos casos de cáncer de mama.

Hasta el momento, la Audiencia había desestimado las querellas interpuestas por otras afectadas, por no haber sido acreditada por éstas la relevancia penal de los hechos así como la competencia objetiva de este órgano jurisdiccional.

Con la admisión a trámite de esta querella, se inicia un procedimiento judicial tendente al esclarecimiento y depuración de responsabilidades, en uno de "los mayores fraudes sanitarios cometidos en la historia reciente de España, vinculado a las prótesis mamarias", según ANAP, que representa los intereses de centenares de mujeres residentes en diferentes Comunidades.

Hace poco más de un año, una joven valenciana Eva Giménez, que ha pasado por varias operaciones después de que se le rompiera un implante mamario de esta marca, impulsó la citada asociación de ámbito nacional para hacerse oír y pedir responsabilidades por lo que califica de "vergüenza sanitaria".

El bufete que representa a este colectivo de mujeres presentó querella ante los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional, por entender que resultaba competente de conformidad con lo previsto en el articulado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Inicialmente, dicha querella fue inadmitida por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, quien sostuvo que los hechos descritos no eran penalmente relevantes y que existía falta de competencia objetiva de este tribunal para investigarlos.

Contra esta resolución judicial, ANAP interpuso recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, cuya Sección Tercera, con fecha 20 de junio de 2013, ha acordado estimar el recurso y, en consecuencia, admitir la querella.

La Sala secunda el criterio jurídico de las recurrentes, por apreciar indicios de criminalidad, de cuyo conocimiento sí resulta competente, indican las afectadas en una nota de prensa.