Sentencia
Un juez da la incapacidad permanente a una mujer de 26 años por sus migrañas
La demandante alegó vómitos, mareos, falta de concentración y de memoria tras padecer una hemorragia intracraneal durante su embarazo
EFE
Un juzgado social de Barcelona ha revocado la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y ha concedido la incapacidad permanente absoluta para todo tipo de trabajos a una mujer de 26 años por las intensas migrañas que padece a diario, tras sufrir convulsiones durante su embarazo.
En su sentencia, el juzgado de lo social número 2 de Barcelona da la razón a la joven y condena a la Seguridad Social a abonar a la demandante una pensión vitalicia equivalente al 100 % de su base reguladora como trabajadora, de 1.186 euros, con catorce pagas al año, con efectos desde noviembre de 2019.
La joven, representada por los servicios jurídicos de Tribunal Médico, recurrió la negativa inicial de la Seguridad Social de concederle la incapacidad permanente absoluta, tras lo cual el juzgado le ha dado la razón, al concluir que las migrañas que padece son frecuentes y le impiden trabajar, no solo como dependienta en una ortopedia -como hasta ahora- sino en cualquier otra profesión.
La demandante alegó que sufría migrañas diarias, junto con vómitos y mareos, falta de concentración y de memoria, tras padecer una hemorragia intracraneal por convulsiones durante el embarazo, un fenómeno denominado eclampsia.
Además, el informe del médico de familia certificó que las secuelas la limitan en las actividades de la vida diaria, precisando ayuda de terceros para hacerse cargo de su hija, por lo que ha sido derivada a la clínica del dolor, debido a la cronicidad de su dolencia, que no mejora con los tratamientos, pese a que han transcurrido más de dos años desde la aparición de la hemorragia.
Según la sentencia, la migraña ha podido hacerse crónica por la ansiedad y el estrés laboral de la paciente causados por su rápida incorporación al trabajo en el período de convalecencia de la lesión cerebral.
En su sentencia, el juez reconoce que los documentos facultativos aportados por la demandante se basan en sus propias manifestaciones como paciente y remarca que la existencia de cefaleas, su duración y sus efectos no se pueden corroborar con pruebas objetivas.
Pese a ello, concluye que la existencia de un incidente sí constatado, como el hematoma cerebral derivado de la eclampsia, provoca esta clase de secuelas y que además la aplicación de distintos tratamientos con derivación a clínica del dolor y la aparición de un trastorno psiquiátrico secundario a la patología permite atribuir "veracidad" a las manifestaciones de la joven.
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