Baleares
Un juzgado de Palma respalda una multa de 24.000 euros por comercializar harina con gusanos
La sentencia apoya la medida adoptada por Consumo contra Pastas Alimenticias La Catalana
Fernando Guijarro
El Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Palma ha respaldado la multa de 24.000 euros que la Dirección General de Consumo del Govern aplicó contra la empresa Pastas Alimenticias La Catalana por una infracción grave al comercializar productos no seguros. En este caso, el expediente se abrió al encontrar en un supermercado de Palmanova paquetes de harina especial para migas de la citada marca con insectos en su interior.
En concreto, el análisis que se realizó en su momento "refleja que el producto sémola contenía insectos y larvas vivas, así como restos de su actividad biológica", como huevos o excrementos. Además, se pone de relieve que no se trató de un caso aislado, sino que este problema se detectó en al menos cuatro paquetes.
La citada firma de alimentación recurrió la sanción impuesta por Consumo alegando que el producto salió de sus instalaciones en buen estado, y achacando la aparición de esos insectos a una mala conservación del mismo durante su posterior almacenamiento, al considerar que si éste hubiera estado en un lugar fresco, seco y aislado del suelo, esas larvas no hubieran aparecido.
Además, La Catalana esgrimió que no podía ser calificado de producto no seguro a pesar de la presencia de insectos, ya que incluso en el caso de que éstos hubieran sido ingeridos el resultado sería inocuo para la salud.
Por contra, desde el Govern se insistió en que se había confirmado la presencia de esas larvas, y no de forma aislada, a lo que se suma el que se dio a la citada empresa de alimentación la posibilidad de encargar pruebas contradictorias para que intentara demostrar que esas acusaciones no eran reales, sin que ésta reclamara esa opción.
Según la sentencia del citado juzgado palmesano, la toma de muestras se realizó correctamente por parte de los servicios de Inspección, al tiempo que se recuerda que la responsabilidad de las infracciones en los productos envasados recae sobre la empresa que figure en su etiqueta, salvo que se demuestra la falsificación o una mala conservación si se especifica cómo debe de hacerse ésta, por lo que se rechaza que se pueda achacar lo sucedido al supermercado en el que se encontraron esos paquetes de harina.
Un aspecto que se rechaza es la afirmación de la empresa de que el producto era seguro incluso aunque se ingirieran esos insectos.
Por todo ello, la jueza desestima el recurso presentado por La Catalana contra la sanción impuesta por Consumo, y confirma la citada multa.
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