La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, absuelve al condenado, Rommel Eduardo Garrido, de un delito de agresión sexual continuado y le prohíbe acercarse a la víctima durante quince años.

El veredicto judicial considera probado que el procesado, que no tiene antecedentes penales, mantuvo relaciones sexuales con la víctima, con cuya madre él había entablado relaciones sentimentales.

Los hechos ocurrieron en distintas fechas de 2005 en el domicilio de la víctima, en Logroño, donde ésta residía con su madre.

El condenado aun siendo conocedor de la minusvalía de la víctima, acudió en varias ocasiones al domicilio de ésta cuando la madre no se encontraba en la vivienda y mantuvo varias relaciones sexuales con ella.

Según la sentencia, la joven presenta una minusvalía del 63% que le impedía conocer y valorar sus actos.

El procesado reconoció en todas sus declaraciones haber mantenido relaciones sexuales con la víctima.