La Audiencia de Barcelona ha condenado a ocho años de cárcel por difundir pornografía infantil a un exmonitor de la escuela Maristas de Sants de Barcelona que está a la espera de ser juzgado de nuevo, acusado de abusar sexualmente de cuatro alumnas del centro.

En su sentencia, la sección séptima de la Audiencia de Barcelona condena también a ocho años de libertad vigilada a Terenci G. por un delito de difusión de pornografía infantil y le prohíbe ejercer cualquier profesión u oficio, retribuido o no, que conlleve contacto directo con niños durante los cinco años posteriores a su condena de prisión.

El condenado, cuyo caso salió a la luz en febrero de 2016, en pleno escándalo por el aluvión de denuncias por abusos sexuales contra profesores de la escuela Maristas de Sants, está a la espera de otro juicio en el que afronta una pena de 16 años y ocho meses de cárcel por abusar sexualmente de cuatro niñas de este centro educativo, del que era monitor de comedor, entre noviembre y diciembre de 2015.

El exmonitor fue detenido a raíz de una denuncia presentada por la propia escuela y por las quejas de las familias de las víctimas, y quedó en libertad provisional tras pasar a disposición judicial, aunque posteriormente el juez acordó su ingreso en prisión porque en el registro de su domicilio se comprobó que tenía descargado abundante material de pornografía infantil.

La Audiencia considera probado que, entre los años 2014 y 2015, el acusado participó en redes de intercambio de archivos fotográficos y videográficos en las que aparecían menores de edad, la mayoría de ellas niñas, en actitudes sexuales explícitas.

En los registros practicados en los dos domicilios del acusado -que tuvo que cambiar de vivienda a raíz de la orden de alejamiento que se le impuso por las denuncias de abusos a alumnas-, se incautó al acusado material informático que incluía cerca de 5.000 fotografías y más de 300 vídeos de pornografía infantil.

Además, según la sentencia, se ha contabilizado que el condenado mantenía conversaciones con más de 180 usuarios en la red, con el único fin de intercambiar pornografía infantil utilizando diferentes nombres.

El tribunal ha impuesto al procesado una condena de ocho años de cárcel -como reclamaba la acusación popular ejercida por el Ayuntamiento de Barcelona, superior a la pena solicitada por la Fiscalía-, al tener en cuenta el "carácter particularmente degradante vejatorio" y la gran cantidad de material pornográfico que el acusado almacenaba y difundía.

Además de la "gravedad de la conducta y lo repugnante de las fotos", la sala destaca en su sentencia que el condenado llevaba al menos dos años intercambiando pornografía infantil en conversaciones que demuestran "la utilización de menores para estas prácticas de las que se jacta el propio acusado".

La Audiencia justifica la medida de inhabilitación que impone al acusado en la "evidente relación directa entre el delito cometido y el hecho de que el acusado trabajase entre menores, como venía haciendo (...)".