La Audiencia de Granada ha confirmado la decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 que desestimó la pretensión de Juana Rivas de que fuera la jurisdicción española la que asumiera la competencia para investigar una denuncia por malos tratos, de julio de 2016, contra su expareja Francesco Arcuri.

La representación legal de esta vecina de Maracena (Granada) alegó que el Estado italiano, al que en agosto de 2017 se remitieron las referidas actuaciones, estaría incurriendo en un supuesto previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial por no haber "dado el impulso necesario a la mencionada denuncia tras haber transcurrido más de dos años desde su interposición".

Por ello, solicitó que, siguiendo el procedimiento establecido en la ley, fuera la jurisdicción española la que asumiera la competencia sobre esta denuncia por maltrato.

La Sección Segunda de la Audiencia, según recoge un reciente auto al que ha tenido acceso Efe, considera que del conjunto de la documentación aportada por la representación de Rivas no resulta "base suficiente" que justifique la petición.

Al respecto, recuerda que consta que las autoridades italianas remitieron en noviembre de 2017 las actuaciones a un Tribunal de Cagliari y que existe una causa abierta en Italia a raíz de la denuncia interpuesta en España.

Según el tribunal, lo aportado por Rivas no constituye "datos suficientes" para inferir de forma indiciaria que por parte de las autoridades competentes de Italia "no haya disposición a actuar" en el mencionado asunto, motivo por el que desestima el recurso de Juana y confirma la decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer.

La nueva decisión de la Audiencia de Granada se conoce pocos días después de que la Sección Primera de este tribunal haya sido designada por reparto para resolver el recurso de apelación presentado por la representación legal de Juana Rivas contra la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 que la condenó a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores.