El Tribunal Superior de Justícia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la pena de 25 años de cárcel para Rosa Peral y de 20 años para su amante, Albert López, los dos guardias urbanos acusados del asesinato de la pareja de ella, Pedro R., también policía municipal, el 2 de mayo del 2017 en la vivienda de la mujer en una urbanización de Vilanova i la Gentrú. El alto tribunal desestima los recursos presentados por las defensas de los procesados y avala la agravante de parentesco en el caso de ella. Es el conocido como 'crimen de la Urbana'.

Es la misma pena que solicitaba para Rosa la fiscalía, que la acusó de ser manipuladora y fría, mientras que a López, para el que pidió 24 años, le atribuyó exhibir una "masculinidad primitiva". La sentencia también les impone indemnizar con 450.000 euros al hijo del fallecido, 225.000 euros para su padre, 100.000 euros para cada uno de sus hermanos y 10.000 euros para su antigua compañera sentimental y madre de su hijo, lo que suma un total de 885.000. Cuando salgan de prisión, cumplirán 10 años de libertad vigilada y no podrán acercarse a menos de 1.000 metros de los familiares de la víctima. A los dos procesados sólo les cabe ahora recurrir ante el Tribunal Supremo.

El plan de los dos amantes

Rosa y Albert se conocieron trabajando como guardias urbanos e iniciaron una relación sentimental intermitente. Entre marzo y abril de 2017 hubo un nuevo y paulatino acercamiento, emocional primero, y sentimental después entre los dos, que desembocó en que ambos llegaran a la conclusión de que la pareja de ella, por diversas razones, obstaculizaba su relación y situación. En ese contexto "ambos empezaron a trazar un plan con el fin de quitar la vida a la víctima", según la sentencia que dictó la Audiencia de Barcelona tras un juicio con jurado y que ahora ha sido ratificada por el TSJC. Ese plan lo pusieron en marcha la noche del 1 al 2 de mayo de 2017.

Esa noche, Rosa llamó a Albert y en la madrugada, él fue a la casa y, "conjuntamente, o al menos uno de ellos con la anuencia y colaboración activa del otro, agredieron a la víctima y le privaron de su vida de forma violenta". La sentencia precisa que "actuaron con el común ánimo o intención, o conociendo y asumiendo las altas probabilidades que existían, de acabar con la vida de Pedro si actuaban en la forma en que lo hicieron".