Abusos en la Iglesia
Nueve años de cárcel para el cura de Murcia que abusó sexualmente de dos menores
El condenado, el sacerdote Antonio L. Z., ganó la confianza de los fieles que iban a la parroquia y pasaba tiempo de ocio con los hijos, momento en el que cometió los abusos sexuales
Paula M. Gonzálvez | @pmgonzalvez Alba Marqués | @albamgalvez
La sección 5 de la Audiencia Provincial de Murcia ha condenado al sacerdote Antonio L. Z, de San Pedro del Pinatar, a penas que suman 9 años de prisión por dos delitos de abuso sexual a menores, además de la medida de libertad vigilada durante 7 años, una vez cumplida la pena privativa de libertad y la obligación de indemnizar a los dos menores con 8.200 euros.
En concreto, se le considera autor de un delito de abuso sexual a menor de 13 años por agarrar el pene a un niño cuando este jugaba con una videoconsola en su domicilio, y de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años por tocar los genitales de un chico en varias ocasiones, “para satisfacer su apetito sexual” y aprovechando, en ambos casos “su condición sacerdotal y de amistad con ellos y su familia”.
El acusado tiene además la prohibición de aproximación a menos de 500 metros y de comunicar por cualquier medio con los menores durante 9 años y 10 años, respectivamente.
Fue el propio obispo José Manuel Lorca Planes quien denunció los hechos hace tres años. Lorca Planes puso en conocimiento de la Fiscalía de la Región de Murcia que el cura, que hasta entonces era el párroco de San Juan Bautista de Yecla y capellán del Hospital Virgen del Castillo, habría abusado sexualmente de un menor de edad. El obispo lo relevó de sus funciones.
Antonio L. Z también dio misa en San Pedro del Pinatar hasta 2013. Ese año fue cesado del cargo de Vicario Parroquial en San Pedro Apóstol, en San Pedro, y en Nuestra Señora del Rosario de El Mirador en San Javier, momento en el que fue nombrado párroco en San Juan Bautista.
El tribunal le impone la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de 10 años.
En auto notificado el martes, la Sala acuerda el ingreso en prisión provisional del acusado, solicitado por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, al entender que a la “gravedad de las penas aquí impuestas”, que superan los 9 años de prisión, se suman las impuestas por este mismo tribunal en sentencia de 3 de mayo de 2022, en la que se le condenó por otro delito de abuso sexual a la pena de 7 años y 9 meses de prisión. “No cabiendo duda de que las nuevas condenas, cuya suma supera los 16 años, han incrementado notablemente el riesgo de fuga, dada la natural y humana inclinación que cabe atribuir a todo penado de que intentará evitar el cumplimiento de una pena prolongada de privación de libertad mediante su huida y ocultación”.
Los hechos probados
En mayo, la Audiencia Provincial declaró probado que el abuso se produjo en un primer momento en la vivienda familiar de la víctima en San Pedro del Pinatar, y que continuaron en la de Yecla.
Al parecer, la relación entre la familia del religioso y la del menor era tan estrecha que el segundo pernoctaba frecuentemente en su casa. El condenado, según recoge la sentencia, le hacía regalos caros "para mantener su ascendencia sobre él".
Antes de esta denuncia interpuesta por el obispo ya pesaban otras dos por abuso sexual y una por agresión sexual -también a menores- sobre el condenado. Las víctimas aseguraron que les realizó tocamientos y que hubo un intento de penetración. En estos casos, la Fiscalía pidió cinco años de prisión y dos penas de cuatro y seis años por un lado y, por el otro, doce años.
La sentencia del TSJRM, contra la que cabe recurrir ante el Tribunal Supremo, indica asimismo que, dada su condición de sacerdote, sí existió prevalimiento y ascendencia sobre la víctima.
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